reivindicador escribió:JCA (Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo). Primero, sigue las reglas de interponer recursos y termina por la JCA. Así se acordarán de tu nombre, Amenofis.
Cuidado, también hay que valorar los efectos colaterales...
Sólo si te lo tomas como un pasatiempo. Nunca como algo personal. Es un trámite, un derecho y si me apuras, una obligación, nada más.
Salud colegas
Efectivamente, estoy estudiando la posibilidad de recurrir, o incluso impugnar el examen, porque desde luego, la han cagado en unas cuantas cosas (han incumplido las bases en varios puntos).
De momento, me lo tomaré con calma, y les pediré solamente que me dejen consultar los exámenes (creo que tengo derecho a ello); y después, según cómo vea mi corrección, miraré de reclamar. O no.
Y soy consciente de los efectos colaterales: ya sé que el mero hecho de pedir la revisión me cierra las puertas de la plaza, pero al menos me quedaré más tranquilo; y después, en función de lo que salga, veremos si pido la impugnación de las pruebas.
Aunque sólo sea por joder, y para que aprendan, que las cosas hay que hacerlas bien. Bajo mi punto de vista, la mujer del César, además de ser buena, ha de parecerlo; y más si pertenece a la Administración Pública, coño!!
Lástima que, por lo que parece, mi punto de vista sea lo excepcional en este tipo de procesos.
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