Duda sobre Ley de Proteccion de datos (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

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#153322
Hola compañeros,

Me dicen en el trabajo que tengo que firmar una carta por la que según la L.P.D. tengo obligación de deber de secreto profesional sobre los datos personales utilizados en mis funciones diarias, que dicho deber se extiende incluso finalizada la relación con la empresa y que puedo ser sancionado desde la perspectiva de la disciplina laboral.

Es esto cierto? Puedo negarme a firmar esa carta sin que sea motivo de despido?
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#153324
Hay una ley de protección de datos, pero afecta fundamentalmente a datos personales: nombre, DNI, datos bancarios y nóminas, datos de salud etc. de las personas. Tu empresa debería tener un fichero declarado a la agencia de protección de datos en el que se dice cuáles son los datos personales con los que trabaja...
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#153332
Pues eso no es lo que me dicen. Me han dicho que si no firmo esta carta, de deber de secreto profesional por mi parte, (para que no pueda usar los datos personales de la gente de otras empresas con las que he tratado, sobre todo con los clientes, claro), pues que a la empresa la puedo meter en un lio, en caso de que, una vez fuera de la empresa, usara algún dato personal de los clientes, o contactara con ellos por mi cuenta.

¿Es esto verdad?
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#153335
Es comprensible que te hagan firmar eso. Imagínate que trabajas para un médico que se dedica a hacer cambios de sexo. Tú has de respetar el anonimato de los clientes y no puedes divulgar lo que conoces.

Es una petición normal en sitios como hospitales, donde una indiscreción no sólo es motivo de despido, sino también de demanda.
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#153343
¿Pero tengo que firmarlo? ¿Hay alguna ley que diga que tengo obligacion de firmarlo, y que en caso de negarme me pueden despedir? Porque si no estoy obligado a firmarlo no lo voy a hacer, ya que me parece un abuso, tengo obligación de deber de secreto profesional hasta después de finalizada la relación con la empresa, y no dice hasta cuando.
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#153349
Me da la impresión de que están mezclando (a drede o involuntariamente) cosas de la ley de protección de datos con temas de secreto profesional o confidencialidad. Porque no sé hasta que punto los datos de contacto de clientes forman parte de la LPD...

A mi me pidieron firmar algo parecido, pero en mi caso la documentación que tenemos dice claramente que los datos afectados son los datos contables de clientes y datos personales de trabajadores de la propia empresa.

Tal vez deberías consultarlo con un abogado o asesor laboral.
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#153353
Lo de los datos contables lo entiendo perfectamente, ahora, el hecho del uso de otros datos... pues no. Es decir, que si te marchas a trabajar a otro sitio nunca más puedes tener contacto con los clientes de ahora por si te demandan por uso indebido de datos?? No sé si lo he entendido bien :oops: ... llevo una mañana muuuy espesa (mi reino por un desayuno).
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#153358
Athena escribió:Lo de los datos contables lo entiendo perfectamente, ahora, el hecho del uso de otros datos... pues no. Es decir, que si te marchas a trabajar a otro sitio nunca más puedes tener contacto con los clientes de ahora por si te demandan por uso indebido de datos?? No sé si lo he entendido bien :oops: ... llevo una mañana muuuy espesa (mi reino por un desayuno).


Eso es lo que entiendo yo, que no podrías llamar al móvil del cliente directamente, por si se enfada y te dice ¿cómo es que tienes mi móvil si ya no trabajas en xxx? Y entonces puede demanar a tu antigua empresa, y tu antigua empresa demandarte a tí. Si esto es verdad, me parece alucinante.
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#153452
A eso se le llama "blindar la cartera de clientes"
Creo que es lo que pretenden en tu empresa.

Ante una fuga o despido, no puedas llevarte a los clientes a otra empresa.

Saludos.
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#153623
Eso lo entendería si yo fuera un jefe o socio de la empresa, pero un trabajador a sueldo....

¿Y si no firmo la carta esa, qué me pueden hacer procedentemente?
Quiero decir, ¿es motivo de despido procedente? Me parece que no, pero no lo sé.
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#153629
Mientras estés en la empresa:
---------------------------------
Estas obligado a firmar la clausula de confidencialidad.
Si no la firmas, NO es motivo de despido, pero SI de no apto para un puesto en el que dispongas de información de terceros. Como una BD por ejemplo. Esto puede llevar de forma indirecta a que la empresa te despida, pues quizás ya no tenga otro puesto de trabajo disponible.. eso sería tema laboral.
LA empresa está obligada ser custodio de los datos que le confié el cliente, y si tu los revelases, les empluman a ellos. Por eso deben no solo hacerte firmar, sino NO poner a tu disposición mas datos de los necesarios para hacer tu trabajo ( acceso por Usuarios a la BD).

No puedes usar esa Info de la que dispones, para comercializarla, venderla a terceros o usarla sin permiso explicito de tu empresa o del propio cliente.

Si te vas de la empresa :
---------------------------
No puedes disponer de esa lista o base de datos para uso propio, vender a terceros o similar. Es propiedad de la empresa anterior y necesitas ademas el consentimiento del propio cliente, ya que el concede sus datos a otro, que no a tí.

Pero eso NO quiere decir que no te puedas poner en contacto con ellos ( los clientes) y ofrecerles tus servicios a posterior. Faltaría mas.. como si fuesen propiedad privada de la empresa anterior.. ( me refiero al propio cliente en si, no a sus datos)

Pero eso si, tendrías que solicitarles ( a cada uno de los clientes) su permiso explicito para enviarles publicidad, o similar.
Solo tienes que sacar los datos de alguna BD de acceso publico donde ese cliente esté incluido. ( Buscar otra fuente, de datos vamos).

Existen infinidad de BD de empresas, anuarios, etc.. de donde puedes sacar esa info. Te pones en contacto con esos clientes, les dices de donde has sacado su info, les mandas tu oferta y les pides su permiso para incluirlos en tu base de datos, ademas de la la opción de borrarse y demás..

Así, que si has de firmar ( OJO.. no sé las calusulas particulares.. eso sería a axaminar por un profesional.. ), pero NO te condiciona para cuando te vayas de la empresa.
NO por la LPD
:saludo
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#153655
Gracias jcriti.

En la carta que me han pasado pone que esto se extenderá hasta después de finalizada la relación laboral entre la empresa y yo, y eso es lo que me parece cuanto menos asombroso, que quieran comprometerme el futuro. Pienso que no es legal.

El parrafo dice literalmente: "Dicho deber de secreto profesional se extiende incluso finalizada la relación laboral. En caso de incumplir dicho deber, conoce que puede ser sancionado desde la perspectiva de la disciplina laboral y del derecho de repetición contra Vd. que el responsable del fichero ostenta ante posibles acciones o indemnizaciones económicas a las que tenga que hacer frente."

LO asombroso de todo esto es que yo no he tenido acceso a ninguna BD, simplemente he tenido contactos con una o dos personas de UN solo cliente, no soy jefe ni socio de la empresa, no tengo acceso a la información que manejan mis jefes, si esque no entiendo nada, que me hagan firmar esto, al último pringao de la empresa, me parece de coña.
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#153664
Jos escribió:Gracias jcriti.

En la carta que me han pasado pone que esto se extenderá hasta después de finalizada la relación laboral entre la empresa y yo, y eso es lo que me parece cuanto menos asombroso, que quieran comprometerme el futuro. Pienso que no es legal.

El parrafo dice literalmente: "Dicho deber de secreto profesional se extiende incluso finalizada la relación laboral. En caso de incumplir dicho deber, conoce que puede ser sancionado desde la perspectiva de la disciplina laboral y del derecho de repetición contra Vd. que el responsable del fichero ostenta ante posibles acciones o indemnizaciones económicas a las que tenga que hacer frente."

LO asombroso de todo esto es que yo no he tenido acceso a ninguna BD, simplemente he tenido contactos con una o dos personas de UN solo cliente, no soy jefe ni socio de la empresa, no tengo acceso a la información que manejan mis jefes, si esque no entiendo nada, que me hagan firmar esto, al último pringao de la empresa, me parece de coña.

Que no tengas acceso ahora no quiere decir que no lo tengas en el futuro. Puede que antes o después asciendas, por lo que es normal que desde el principio se marquen las normas.

Además, es normal que se extienda en tu futuro laboral. Si la empresa hace algo para alguien que no quiere que se sepa por cualquier razón, ¿por qué han de estar desprotegidos sus datos o sus hechos sólo porque un trabajador deje la empresa? Recordemos que la ley de protección de datos está para proteger al usuario, no a la empresa ni al trabajador.
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#153686
Sigo sin entenderlo. ¿Qué datos son los que se quieren proteger? ¿El correo electrónico del cliente, su nombre? Porque no he tenido acceso a otra información. Además, lo tengo tan fácil como buscar el número de teléfono de la empresa, llamar y preguntar por la persona responsable del departamento tal.
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#153712
A todo esto, y para empezar, ¿a qué se dedica la empresa? :mira
Porque si estamos hablando de una empresa de seguridad que se dedica a diseñar e instalar, por ejemplo, las cajas fuertes de una cadena de joyerías, pues entiendo que la empresa se cubra las espaldas; ¿o no, chato? :goodjob
O si es una empresa de diseño, con una componente tecnológica muy específica,... danos más datos, pin (ah, no, que no puedes, por la L.P.D. y la confidencialidad :partiendo ).

Por otra parte, si es una jamonería, pues, a no ser que les robes la receta del curado en salsa de amianto, no tiene sentido que te propongan firmar nada en ese sentido.
¿Qué datos vas a manejar? ¿Y para qué? A lo mejor, empezando por ahí, sacamos algo más en claro... :brindis
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