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#153880
Expongo mi caso aqui para ver si podeis echarme una mano en un tema que no sé donde acudir para informarme. Mis padres viven de inquilinos en un edificio muy antiguo por lo que las instalaciones tanto de agua como de electrcidad del mismo son bastante obsoletas. Ahora el dueño del edificio ha decidido actualizar dichas instalaciones, en particular la electrica. Supongo que la compañía Sevillana de electricidad le habrá advertido que la instalación debe estar acorde con el nuevo Reglamento de Baja Tensión del 2002, lo cual es bueno pues no hace otra cosa que mejorar el inmueble. Bien hasta ahí de acuerdo. El problema está en que estas mejoras las realiza de la forma más económica posible, o sea con la instalación vista, por fuera, en lugar de hacer regolas y dejarlo en condiciones. El caso se ve agraviado si los inquilinos, en este caso mis padres, estan enfermos y no pueden mover muebles para que los electricistas y fontaneros hagan bien su trabajo. Mi madre padece de nerviosismo y estos episodios por los que esta pasando le produce aumento de tensión lo cual es perjudicila para su salud.

Mi pregunta es: hasta qué punto está el inquilino obligado a dejar realizar esas reformas en la casa? como puede el inquilino obligar al dueño a realizar la instalación empotrada, osea mediante regolas?

Agradezco cualquier tipo de ayuda al respecto pues no sé a donde acudior para solucionar este tema. Gracias.
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#153881
Ajguerra escribió:Mi pregunta es: hasta qué punto está el inquilino obligado a dejar realizar esas reformas en la casa? como puede el inquilino obligar al dueño a realizar la instalación empotrada, osea mediante regolas?

NO sé ajguerra si algún compañero, sabrá del tema.. pero desde luego la pregunta NO es de ingeniería, es claramente de derecho. :|
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#153885
Sí, porque ingenierilmente lo único que podemos decir es que la instalación vista está permitida por el reglamento, siempre que los cables estén en tubo o canal adecuados. :?
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#154059
Gracias por vuestra ayuda, lo cierto es que me han comentado que la instalación vista en una vivienda está prohibida y me gustaría saber qué código, reglamento, ley o normativa lo impide.

En cualquier caso publicaré mi duda en foros de derecho a ver si ellos conocen de algún caso parecido...

Gracias por todo :saludo
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#154126
Ajguerra escribió:Gracias por vuestra ayuda, lo cierto es que me han comentado que la instalación vista en una vivienda está prohibida y me gustaría saber qué código, reglamento, ley o normativa lo impide.

En cualquier caso publicaré mi duda en foros de derecho a ver si ellos conocen de algún caso parecido...

Gracias por todo :saludo

Vista hasta qué punto. ¿Supongo que no hablarás de llevar los cables desnudos?
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#154145
Cuando me refiero a instalación vista quiero decir a instalación aérea, bajo canaleta o tubo corrugado visto en la superficie, voy a mirar en el Reglamento de Baja Tensión 2002 por si comentaran algo, por motivos de seguridad contra contactos involuntarios o algo así.

Gracias por vuestra ayuda.

:usuario
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#154170
Mira las ITCs 20-21 (canalizaciones) y 26 (vivienda). El tubo corrugado no se puede poner en superficie, más que para curvas y acometidas a aparatos, y aún así el corrugado típico de empotrar en pared no valdrí,a tendría que ser uno con la misma clasificación de compresión e impacto que el rígido.

Las canaletas también tienen una tabla de características que han de cumplir.
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