Os agradezco mucho toda esta información.
Entiendo que es suficiente con que quede garantizada la presión de las bies con el suministro de la red.
Yo pensaba que había algún tipo de criterio (para tal cantidad de bies o plantas, etc)
TAMA58 escribió:Como ves no hace falta que la compañía de aguas te asegure ni te certifique nada, sólo que te informe de las carácterísticas de reserva y presión de su red.
Quieres decir que, en cada instalación en concreto, ¿es necesario contactar con la Compañía para informarme de estas características?
¿No hay un criterio según la práctica, o por casos semejantes?. Quiero decir, si se ha legalizado una instalación sin necesidad de grupo de presión, y se vuelve a legalizar otra muy semejante, por ejemplo.
Muchas gracias nuevamente