electricista homologado para revisar instalación?? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#184245
Hola a todos, quería comentaros un problemilla que le ha surgido a un familiar con la compañía eléctrica, E-on.

Un familiar ha comprado una casa, y, al pasarse por la oficina de la compañía eléctrica (E-on) para realizar el cambio de titularidad del recibo de la luz, le han comentado que debe pasarse un electricista homologado (puede ser cualquiera) para emitir un certificado que apruebe que la instalación eléctrica se encuentre en buen estado por tener una antigüedad la vivienda mayor a 20 años. Ahí es donde al comentarmelo mi familiar me he quedado un poco :? porque ni yo ni él entendemos tener que pagar a un profesional para verificar dicha instalación si el anterior propietario pertenecía a la misma compañía eléctrica (E-on) desde siempre por lo que ya sabrán en qué estado está la instalación, no? No sé, a ver si alguien sabe algo del tema de instalaciones eléctricas en viviendas particulares y nos echa un mano.

Un saludo!
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#184249
Maresca13 escribió:Un familiar ha comprado una casa, y, al pasarse por la oficina de la compañía eléctrica (E-on) para realizar el cambio de titularidad del recibo de la luz, le han comentado que debe pasarse un electricista homologado

Cambio solo ?¿ o cambio con aumento de potencia ?..
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#184258
Me temo que es correcto y lo hacen todas las compañias. :cabezazo
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#184265
la pregunta del millon ¿la revisión la hacen en base al reglamento actual o al de legalizadcin de la instalación?
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#184275
Se trata de cambio manteniendo la misma potencia
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#184362
arquimedes escribió:la pregunta del millon ¿la revisión la hacen en base al reglamento actual o al de legalizadcin de la instalación?


Eso mismo me he preguntado yo.
Muy raro, es la primera vez que lo veo. Yo he hecho cambios de titularidad en León sin esas historias(con Iberdrola).

Yo creo que al igual que nosotros siempre estamos obligados a justificar todo y decir que dónde se indica eso, deberías decirle a la compañía, que te indica donde(reglamento, RD, etc...) y por qué debes hacerlo. Yo es la primera noticia que tengo.

He encontrado esto en internet
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#184504
Desde luego, es lo primero que oigo, he realizado varios cambios de compañía comercializadora de varias industrias, por el tema de optimizar facturas y consumos, y la verdad, nunca me han pedido ninguna revisión, eso si, me han pedido el boletín, pero poco mas.

Tenéis mas datos de esta obligatoriedad?

Saludos.
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#184614
voy tener que cambiar de comunidad para trabajar mas :mrgreen: :mrgreen:
como el resto de compañeros no tenia noticia de esto HC no pide nada si no hay aumento de potencia o cambio de actividad.

tengo curiosidad por el tipo de certificado como seria?
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#184725
Por Andalucía tambien funciona la cosa así....si la vivienda tiene mas de 20 años---->Certificado de revisión.
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#184733
si arthas pero ¿con respecto a que normativa y en que se fijan mas?
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#184740
Buenas,me acabo de encontrar con un caso similar al tuyo y lo que tienes que hacer es ponerte en contacto con un instalador electricista, este te tendra que dar de alta la instalación como si se tratase de una nueva instalación, al ser la tuya en cuestión de mas de 20años.
Entonces claro esta, el instalador te tendra que hacer una revision al estado de la misma, comprobando los tubos, conductores, instalación de puesta a tierra...
No se como estara tu instalación en concreto, pero según en el estado en la que se encuentre, te costara más o menos.
Y estas obligado a hacerlo.
Un saludo.
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#184742
lorenzo1979 escribió:Este te tendra que dar de alta la instalación como si se tratase de una nueva instalación, al ser la tuya en cuestión de mas de 20años.

Pero esto donde lo dice.. ?¿.. es alguna norma de compañía, de la comunidad ??..
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#184753
jcriti escribió:
lorenzo1979 escribió:Este te tendra que dar de alta la instalación como si se tratase de una nueva instalación, al ser la tuya en cuestión de mas de 20años.

Pero esto donde lo dice.. ?¿.. es alguna norma de compañía, de la comunidad ??..


Rd 1955/2000, articulo 83, pto. 5

Saludos
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#184838
Muchísimas gracias pato, pero la pregunta ahora es:
¿Esa revisión que es sobre el REBT 2002 o lo anterior???
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#184841
ahi, ahi.... eso es lo que interesa, pues por que le cambies de nombre al contrato una instalacion no dejar de ser segura........ y hay pisos que no soportarían una instalación con el nuevo reglamento sin tirar toda la casa y sin ser necesario, ya que no veo porque un propietario está obligado a tener cocina electrica por ejemplo, que está muy bien para las casas nuevas
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