Suministro de socorro o de reserva en instituto (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#187465
Buenas.

Soy bastante nuevo en el foro y aunque he usado el buscador para leer y encontrar un tema similar al que me atañe no se si será este el más adecuado. Perdón por adelantado. Acepto sugerencias al respecto.

Mi pregunta es la siguiente:

Tengo que realizar el proyecto para un I.E.S. en Extremadura. La ocupación es superior a 300 personas (es LPC y necesita suministro de socorro). El caso es que este Instituto dispone del típico polideportivo con dos accesos, uno cubierto a través de los pasillos del centro y otro al patio exterior del colegio (tendrá dos por el tema de las distancias máximas a las salidas de evacuación que menciona el CTE) y se podrá usar tanto para docencia en horario escolar como para actividades extraescolares (municipales) en otros horarios (aunque sea esporádicamente).

La ITC-28 dice que para estadios y pabellones deportivos el suministro deberá ser de reserva (no de socorro). Además, como indica que cuando pueda considerarse en los dos grupos se instalará el de reserva, me entra la duda: ¿creéis acertado considerar suministro de socorro para el conjunto del Instituto (de su potencia) y suministro de reserva para el del polideportivo (para la potencia de su cuadro)? Es decir, si el instituto en total demanda 100 kW (incluido polideportivo) y el polideportivo demanda 20 kW sería: (100-20) x 15% + 20 x 25% = 17 kW. ¿o quizá no debería interpretar el polideportivo como "estadio o pabellón deportivo"?

Si no recuerdo mal, lo que planteo es algo parecido a lo de que dentro de un LPC pueden existir dependencias que no sean de pública concurrencia (almacenes para uso de personal o similar), es decir, que no todo sea considerado pabellón a efectos del suministro alternativo, ya que precisamente en su conjunto se trata de un instituto, no de un pabellón.

Aunque ahora, releyendo la guía técnica de la ITC-28 me lio más: "La calificación de LPC se puede aplicar tanto a un único local u oficina, una agrupación de locales u oficinas, un edificio completo o a parte o partes de un edificio. Cuando un edificio o local completo es considerado como de pública concurrencia, todas sus dependencias, están consideradas también como de pública concurrencia".

¿Que opináis al respecto?

Gracias.
por
#187469
Yo entiendo que en el caso de tener el pabellón deportivo, utilizable fuera del horario escolar y por otros motivos( campeonato provincial, local, etc) deberías ver si tienes una única derivación para todo el conjunto o tienes dos derivaciones, una para el centro educativo y otra para el pabellón. Si tienes dos derivaciones puede interpretar un suministro de socorro para el I.E.S y el suministro de reserva para el pabelló. Si sólo tienes una para todo el conjunto tienes que aplicar la más restrictiva o sea suministro de reserva para todo el conjunto.
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#187555
Pues yo pienso que tu planteamiento está bien, puesto que lo más normal será que mientras estén utilizando el polideportivo para usos "extra-escolares" no se utilicen los servicios del instituto. Luego estará sobredimensionado porque estará dimensionado tanto para el polideportivo como para el instituto. En el caso que se le esté dando uso al instituto normal, se cubrirá el mínimo que te indica el REBT incluso más.

De todas formas el mejor consejo que te puedo dar es que hables directamente con Industria y les indiques tu duda. Para estas cosas, es la mejor solución, por mucho que nosotros te digamos, ellos tienen la última palabra.
Además ahorrarás muchísimo tiempo.
Si puedes pide un segundo suministro independiente a la compañia, será mejor que un grupo(menos mantenimiento, dolores de cabeza, etc...)
por
#187558
Lo que pasa que el polideportivo se puede utilizar para educación física, y ahí si que las aulas estarían ocupadas mientras se usa el polideportivo.

Yo la duda que tengo es si al pedir una nueva acometida, al tener que realizarla desde otro CT, tienes que poner otra CGPM o va todo a la misma, y la compañía ala hora de facturarte que te factura termino potencia y consumo ( por lo cual en es suministro de reserva o socorro solofacturarán potencia) o hay un tipo de facturación para estos casos de suministro?


Un saludo.
por
#187563
Buenas.

En principio soy yo el que tiene que definir el proyecto por lo que tengo algo de libertad para proyectar lo que crea más conveniente.

Nunca he preguntado en industria: os referís con eso a is personalmente a la delegación provincial correspondiente y preguntar (tras la correspondiente cola de espera) o hay algún otro medio?

En principio suelo proyectar con grupo electrógeno a pesar de sus inconvenientes porque para mi es menos complicado. Tiene el problema de que cuando lo quieres usar, si nadie ha hecho mantenimiento, no va a funcionar además de humos, ruido, etc, pero por contra, evitar traer una acometida independiente desde no se sabe donde en zonas urbanizadas, que en muchos casos solo la obra civil vale más que el grupo. Personalmente no creo que el grupo sea la opción más segura en cuanto a funcionamiento (mi experiencia en una instaladora me lo confirmó) pero evita también pagar un segundo contrato de suministro (aunque solo sea el término de potencia) y de los que no conozco que existan suministros especiales de la compañía para estos casos.

En cualquier caso, se agradecen las opiniones.

Saludos.
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#187571
En el caso de que estén en clase de gimnasia, y se estén dando clases en las aulas, el uso total será de centro de enseñanza es decir pública concurrencia (centro de enseñanza-locales de reunión, trabajo y usos sanitarios si la ocupación prevista es de más de 50 personas), en cambio cuando se hagan cosas extraescolares (si sólo se hace uso del polideportivo, si y solo si se hace uso del polideportivo), sólo las instalaciones de este serán local de espectáculos y actividades recreativas.
Por un lado para locales de espectáculos piden suministro de socorro y de reserva en cuyo caso deberá ser de reserva.
Un centro de enseñanza para una ocupación de más de 300 personas deberá tener suministro de socorro.
Artículo 10 REBT.
Suministro socorro potencia mínima del 15 % de la Potencia total contratada
Suministro reserva potencia mínima del 25 % de la Potencia total contratada
Añadir que se atenderá a estos mínimos siempre que la potencia de los servicios a alimentar por estos suministros no lleguen a dichos valores.
Por lo tanto:
Opción 1:
15 x (100-20)/100+20x25/100=17 kW. Está será la potencia mínima.
Opción 1:
25 x (100) = 25 kW. Está será la potencia mínima.
Vuelvo a decir que si los equipos a alimentar suman más potencia que estos valores habrá que proveer de un suministro que satisfaga esa potencia y no el mínimo.


Por otro lado, Osca yo siempre he visto dos suministros independientes, con dos facturas(una sin consumo pero pagas los mínimos)

Agui25:
En lo referente al técnico de industria, en León, puedes hablar con el "técnico" y no suele haber colas, eso si hay veces que tienes que esperar.
Pero por lo menos en León, no es la cola, ni los técnicos donde se sacan los boletines etc.... es el técnico que tiene un despacho.
por
#187581
Puedes llamarlo por telefono también, yo estube hablando con uno pero de la junta de castilla y léon, tu tendrás que hablar con alguno de la consejería de industria de León. El de la junta muy majo, pero tampoco me resolvió nada, no se los demás que experiencias tenéis con los técnicos, pero yo creo que se remiten a la normativa y no aclaran mucho. A mi por ejemplo lo que mas me sirve es preguntar en el foro, que hay gente que creo que le da mil vueltas a los técnicos de industria.

Saludos
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