Tampoco estoy de acuerdo con lo último que ha comentado feloru, creo que mezcla los interruptores de protección del cuadro, que sí tienen que ser omnipolares con los interruptores de encendido de carril, por ejemplo, que no tienen que ser de corte omnipolar.
La itc-bt-19 pto. 2.7 exige haya unos dispositivos que permita conectar y desconectar en carga en una sola maniobra, bien, los hay, cada circuito tiene un interruptor automático que hace esa función, no es necesario que los interruptores de encendido que tengas en el circuito sean omnipolares.
La itc-bt-19 pto. 2.7 exige haya unos dispositivos que permita conectar y desconectar en carga en una sola maniobra, bien, los hay, cada circuito tiene un interruptor automático que hace esa función, no es necesario que los interruptores de encendido que tengas en el circuito sean omnipolares.
Upolu escribió:Ojo con la guía técnica del REBT que no tiene ninguna entidad jurídica como lo tiene el REBT!! Lo que vale es el REBT.
De acuerdo, art. 29
Curiosamente la ITC-19 NO habla expecificamente de los I.Mag. Sólo mencionan que es posible desconectar en carga no que se realicen maniobras de encendido y apagado a tutiplen.
Más o menos de acuerdo
Otra vez el sentido común:. ¿ colocarias, en vez de interruptoes normales, I. Mag.(aparte de los del cuadro e independiente del precio) en las habitaciones para el apagado y encendido de la habitación? Tampoco tergiversemos las cosas, evidentemente lo que comentas no tiene sentido, principalmente porque no está diseñado para esa función (no quiere decir que no l o pueda hacer, de hecho, son también interruptores).¿qué lo prohibe? , Quizás nadie, pero estás empleando un mecanismo con un número de maniobras inferior a un interruptor convencional y según el uso que le dés puedes condicionar su vida útil, por tanto no es recomendable técnicamente. ¿A que resulta más feo que mandar a la abuela a comprar droga?
¿Habeis mirado las normas UNE-EN 60669vInterruptores para instalaciones eléctricas fijas, domésticas y análogas.y siguientes (que hay que cumplir)Quien las tiene que cumplir el fabricante o el proyectista?, si en una instalación los interruptores tienen que cumplir la une 60669, pues evidentemente habrá instalar un interruptor que cumpla esa norma, si pongo un interruptor automático según 60898, pues no se podrá instalar un interruptor de maniobra. sobre los interruptores manuales para el apagado y encendido? Es que creo que tienen que cumplir unos requistos técnicos.....