He encontrado esto:
NORMATIVA LEGAL:
Reglamento de Sanidad Mortuoria Decreto Foral 297/2001, de 15 de octubre (BON Núm. 143).
http://www.cfnavarra.es/salud/publicaci ... %A7139.htmhttp://www.aeds.org/legislacion/navarra_df297_2001.htmhttp://www.afues.com/legislacion/index.phphttp://www.iustel.com/v2/diario_del_der ... el=1006337--------------------------
En el
susodicho viene:
d) Mecanismos suficientes que garanticen el funcionamiento del horno para los casos de interrupción temporal del suministro regular de gas y/o electricidad.
Eso es para el crematorio, no para un tanatorio------------------------------------------
Y sobretodo esto: (Es de navarra ehh!!)
Artículo 35. Requisitos de los velatorios.
1. Deberán contar con unos espacios diferenciados de dimensiones suficientes para la actividad a la que se destinan y reunirán, al menos, los requisitos que se indican a continuación:
a) Sala o salas de exposición de cadáveres. Cada una de ellas será independiente de las demás y constará de dos estancias comunicadas, una destinada a la permanencia del cadáver y otra destinada a los familiares y público en general. La estancia del cadáver contará con ventilación independiente forzada. Se deberá disponer de un dispositivo que garantice la refrigeración del cadáver expuesto.
b) Sala destinada a realización de prácticas de estética de cadáveres, que contará con superficies lisas, impermeables, resistentes al choque y que permitan una fácil limpieza y desinfección. Deberá contar con lavamanos de agua corriente destinado al personal.
c) Aseo para utilización del público que incluirá lavamanos e inodoro.
2. Las dependencias destinadas a los familiares y público en general tendrán acceso y circulación independientes del acceso y circulación del cadáver.
Artículo 36. Tanatorios.
Se entiende por tanatorio todo establecimiento que reúna las condiciones establecidas para los velatorios y que, además, esté autorizado para realizar prácticas de tanatopraxia.
Artículo 37. Requisitos de los tanatorios.
1. Deberán contar con unos espacios diferenciados de dimensiones suficientes para la actividad a la que se destinan y reunirán, al menos, los requisitos que se indican a continuación:
a) Zona de recepción, zona administrativa o de atención al público.
b) Zona de almacén-exposición de féretros y demás material funerario.
c) Sala o salas de exposición de cadáveres. Cada una de ellas, será independiente de las demás y constará de dos estancias comunicadas, una destinada a la permanencia del cadáver y otra destinada a los familiares y público en general. La estancia del cadáver contará con ventilación independiente forzada.
Se deberá disponer de un dispositivo que garantice la refrigeración del cadáver expuesto.d) Sala destinada a realización de prácticas de tanatopraxia que tendrá las superficies lisas, impermeables, resistentes al choque y que permitan una fácil limpieza y desinfección. Deberá contar con lavamanos de acción no manual.
Deberá disponer de cámara o cámaras frigoríficas que permitan la refrigeración de dos cadáveres, así como de una mesa de acero inoxidable con conexión a las redes de abastecimiento y saneamiento internos.
e) Aseos anexos a la sala de tanatopraxia para uso exclusivo del personal que incluyan inodoro, lavamanos y ducha.
f) Aseos para el público que incluyan lavamanos e inodoro.
2. Las dependencias destinadas a los familiares y público en general tendrán acceso y circulación independientes del acceso y circulación del cadáver.
Artículo 38. Condiciones de funcionamiento de los velatorios y los tanatorios.
1. El instrumental utilizado en las prácticas de estética de cadáveres y de tanatopraxia será preferiblemente desechable. Si el material que se utiliza no es desechable, se dispondrá de un sistema de limpieza y esterilización adecuados.
Todos los residuos generados, tanto en velatorios como en tanatorios, se gestionarán de acuerdo con la legislación vigente que le sea de aplicación.
2. Deberá garantizarse el cumplimiento de las condiciones establecidas en la legislación vigente en materia de ruidos y vibraciones.
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Por cierto, he encontrado en soloingenieria esto (ya me sonaba a mi que algo había):
viewtopic.php?t=4361&highlight=tanatorio+grupoviewtopic.php?f=14&t=10327&hilit=tanatorios