Ley Ómnibus, reforma Colegios y Ley Servicios Profesionales (Valoración de 4.86 sobre 5, resultante de 7 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#224152
mineros escribió:
MAZINGER escribió:Es que hay que recordar que el RD que elimina visados es un borrador. Solo un borrador.
Este técnico municipal estaba en lo cierto.


Como que un borrador? :ein ahora no se si estás de cachondeo o es que no me entero de nada.

El RD 560/2010, que ya está en vigor, ha cambiado lo de "proyecto firmado por técnico competente y visado por colegio profesional" por " proyecto firmado por técnico competente" con lo cual se está cargando, implícitamente, la obligación de visar.

El RD 560/2010 actúa modificando los distintos reglamentos, para que estos NO pidan Visado..., y que omnibus dice que NO se debe solicitar visado NUNCA.. salvo aquellas que afecten a la seguridad, y que consideren las administraciones..

El borrador de RD surge a petición de Omnibus, ya que esta dice que las administraciones disponen de un tiempo para dictar cuales consideran ellos que DEBEN seguir siendo obligados en base a la seguridad.

Son dos cosas distintas..., y evidentemente... si ahora las administración dice que le ganchillo de cruz... digo las ICT son de riesgo... pues eso lleva proyecto..., pero el reglamento que las afecte de forma genérica, NO puede pedirlo....

Por la misma regla... , en ese borrado ahora hay unos 10 supuestos... hay por ahí un articulo de la CNC (Comisión de Competencias) que dice que sobran parte de esos 10... por ejemplo las ICT y lo referente a edificación..

Veremos que publican estos al final...
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#224157
Los funcionarios podemos estar informados, pero si ni nuestros jefes ni los servicios jurídicos se ponen las pilas para cambiar procedimientos poco podemos hacer.

Es lo que nos pasa a la mayoría de técnicos municipales que conozco...que conocemos perfectamente como esta la situación, pero por contra tenemos las manos atadas para poder cambiar según qué cosas...o al menos nos cuesta más y se tarda el doble de lo que nos gustaría :(
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#224216
bubble escribió:Los funcionarios podemos estar informados, pero si ni nuestros jefes ni los servicios jurídicos se ponen las pilas para cambiar procedimientos poco podemos hacer.

Es lo que nos pasa a la mayoría de técnicos municipales que conozco...que conocemos perfectamente como esta la situación, pero por contra tenemos las manos atadas para poder cambiar según qué cosas...o al menos nos cuesta más y se tarda el doble de lo que nos gustaría :(


El problema, en este caso, no es del tecnico que te atiende, es del funcionamiento de la adminstración local y regional, que se han comido un gol del gobierno central y aun no se han enterado de que va el tema y no han desarrollado las herramientas que por ley deben de desarrollar.

Al final, vamos a seguir como siempre. Es lo que tiene este pais, que los politicos dictan las leyes, y los demas hacemos lo que nos sale de los huevos.
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#224233
MAZINGER escribió:Es que hay que recordar que el RD que elimina visados es un borrador. Solo un borrador.
Este técnico municipal estaba en lo cierto.

Me refería al borrador, no al 560/2010.
Sorry por la obviedad... :oops:
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#224244
jcriti escribió:
mineros escribió:
MAZINGER escribió:Es que hay que recordar que el RD que elimina visados es un borrador. Solo un borrador.
Este técnico municipal estaba en lo cierto.


Como que un borrador? :ein ahora no se si estás de cachondeo o es que no me entero de nada.

El RD 560/2010, que ya está en vigor, ha cambiado lo de "proyecto firmado por técnico competente y visado por colegio profesional" por " proyecto firmado por técnico competente" con lo cual se está cargando, implícitamente, la obligación de visar.

El RD 560/2010 actúa modificando los distintos reglamentos, para que estos NO pidan Visado..., y que omnibus dice que NO se debe solicitar visado NUNCA.. salvo aquellas que afecten a la seguridad, y que consideren las administraciones..

El borrador de RD surge a petición de Omnibus, ya que esta dice que las administraciones disponen de un tiempo para dictar cuales consideran ellos que DEBEN seguir siendo obligados en base a la seguridad.

Son dos cosas distintas..., y evidentemente... si ahora las administración dice que le ganchillo de cruz... digo las ICT son de riesgo... pues eso lleva proyecto..., pero el reglamento que las afecte de forma genérica, NO puede pedirlo....

Por la misma regla... , en ese borrado ahora hay unos 10 supuestos... hay por ahí un articulo de la CNC (Comisión de Competencias) que dice que sobran parte de esos 10... por ejemplo las ICT y lo referente a edificación..

Veremos que publican estos al final...


Pues entonces aún no me he vuelto loco. Pero el tema es; proyecto de BT que en su día se visó, hoy certifico; mañana quiero presentar en Industria; ¿viso el certificado?. Por cierto que el REBT no dice que el certificado tenga que ir visado, no les ha hecho falta corregir este punto en el 560 :ein
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#224249
Pues yo lo intentaría presentar sin visar depende de en que comunidad autónoma sea.

Intento explicarme, si fuera en Andalucía, lo presentaría visado, porque hay una reglamentación sobre tramitación de expedientes relativos a los reglamentos de seguridad industrial que me lo exige.

Si en la comunidad donde lo voy a presentar no existe una norma específica que me lo exija, lo intentaría presentar sin visar. Aunque lo mas seguro es que no me dajaran y tendría que tirar de hoja de reclamaciones (para que se vayan enterando).

La aclaración a todo esto la tendremos cuando se publique y entre en vigor el decreto sobre visados obligatorio, mientras tanto...................

Salud y cervezas colegas.
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#224266
Hola compañeros, creo que hay que incidir en el concepto de "firmado por técnico competente", porque hasta ahora, quien te garantizaba que tú eras técnico compenete en la materia era la titulación y el visado del colegio, aparte de disputas competenciales que siempre las ha habido.

En consecuencia, "técnico competente", acreditado por "el colegio" y esto lo acredita mediante "visado", por lo que a mi entender, no se está excluyendo la necesidad u obligatoriedad del visado, sino que lo entiendo inherente al proyecto, aunque no se exponga literalmente.
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#224268
No Becerro. El que seas competente no lo juzga el colegio dandote o quitándote nada.
Yo no entiendo ser competente como "adjuntando certificación de un colegio".
De hecho el objeto previo descrito en el 560 (que famoso se va a hacer el jodio), habla de los visados y de su eliminación por innecesarios en el escenario actual.
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#224270
MAZINGER escribió:No Becerro. El que seas competente no lo juzga el colegio dandote o quitándote nada.
Yo no entiendo ser competente como "adjuntando certificación de un colegio".
De hecho el objeto previo descrito en el 560 (que famoso se va a hacer el jodio), habla de los visados y de su eliminación por innecesarios en el escenario actual.


Entonces amigo Mazi, ¿para qué ha valido la ingente cantidad de dinero que me he gastado en visados? :mrgreen:

Yo creo o al menos creía, que el hecho de visar un proyecto conlleva lo siguiente:

1.- Que dispones de la titulación pertinente.
2.- Que eres competente en la materia objeto del proyecto.
3.- Que dispones de un seguro de RC.
4.- Que el proyecto cumple en forma y fondo la normativa de aplicación :partiendo
5.- Que en caso de autónomo estás al tanto de tus obligaciones (SS o mutua).
6.- En caso de cuenta ajena, al servicio de una determinada empresa.

Porque entonces, se ha estado visando sólo porque la normativa en cuestión lo obligaba, corríjeme en lo que no estés de acuerdo.
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#224272
EL CASAS escribió:Las competencias te las da la titulación, no el colegio.


Totalmente de acuerdo, pero entonces para acreditar que eres ingeniero, tendrías que haber presentado una fotocopia compulsada del título en cada trabajo.
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#224274
BECERRO escribió:
EL CASAS escribió:Las competencias te las da la titulación, no el colegio.


Totalmente de acuerdo, pero entonces para acreditar que eres ingeniero, tendrías que haber presentado una fotocopia compulsada del título en cada trabajo.


No, porque el colegio acreditaba mi titulación mediante el visado, pero no me dota de las competencias.
De hay todo el problema con los visados. Ahora, nadie acreditará la titulación del firmante. Pero de competencias, no se ha cambiado nada.
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#224280
BECERRO escribió:Totalmente de acuerdo, pero entonces para acreditar que eres ingeniero, tendrías que haber presentado una fotocopia compulsada del título en cada trabajo.


Conozco una persona que lleva una fotocopia compulsada del título a todas las entrevistas que va, y si lo pensais bien queda bastante elegante y serio.
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#224283
EL CASAS escribió:
BECERRO escribió:
EL CASAS escribió:Las competencias te las da la titulación, no el colegio.


Totalmente de acuerdo, pero entonces para acreditar que eres ingeniero, tendrías que haber presentado una fotocopia compulsada del título en cada trabajo.


No, porque el colegio acreditaba mi titulación mediante el visado, pero no me dota de las competencias.
De hay todo el problema con los visados. Ahora, nadie acreditará la titulación del firmante. Pero de competencias, no se ha cambiado nada.


Al respecto de competencias amigo Casas, recuerdo hace muchos años, que el colegio no me visó un proyecto de nave agraria, ¿por qué entonces sí tuvo el colegio la capacidad para negar mi competencia al respecto?
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#224288
BECERRO escribió:
EL CASAS escribió:
BECERRO escribió:
EL CASAS escribió:Las competencias te las da la titulación, no el colegio.


Totalmente de acuerdo, pero entonces para acreditar que eres ingeniero, tendrías que haber presentado una fotocopia compulsada del título en cada trabajo.


No, porque el colegio acreditaba mi titulación mediante el visado, pero no me dota de las competencias.
De hay todo el problema con los visados. Ahora, nadie acreditará la titulación del firmante. Pero de competencias, no se ha cambiado nada.


Al respecto de competencias amigo Casas, recuerdo hace muchos años, que el colegio no me visó un proyecto de nave agraria, ¿por qué entonces sí tuvo el colegio la capacidad para negar mi competencia al respecto?


Porque, según dicen, no somos competentes en naves agrarias, eso coresponde a los agronomos. Deberías a ver puesto Nave sin uso, y te lo cuñan fijo.
Pero no ha sido el colegio el que te ha dado o quitado esa competencia. El colego se nego a firmar porque no eras competente para firmarlo, y eso viene fijado por el decreto que otorga las competencias a tu titulación, no por el colegio.
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