Derivaciones individuales en Edificio de Oficinas (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
por
#24541
Tengo una duda y me gustaría contar con vuestro comentario. He de realizar la instalación eléctrica de un edificio de oficinas, formada por módulos individuales de 40 y 55 m2, alrededor de 60 módulos. La previsión de cargas está realizada por encima de los 100W/m2( alrededor de 124w/m2, por disponer de una máquina de aire acondicionado independiente( con alimentación monofásica), ventilación y alumbrado ya instalado. Mi pregunta es la siguiente, ¿sería lo lógico que las derivaciones individuales fueran monofásicas a cada uno de esos módulos independientes de oficinas ?¿no?
Por último, deciros que no voy a considerar cada una de las oficinas como LPC, aunque a partir de 40m2 ya te salen 50 personas, tendré que justificarlo quitando la superficie de puestos de trabajo, o algo así, pero es evidente que ahí nunca habra´50 personas.( o casi nunca.)
Avatar de Usuario
por
#24548
Para justificar que no son locales de LPC puedes decir que te basas en el calculo teorico de publicación en el Codigo tecnico de la edificacion (SI), y respecto a la DI para la prevision de consumo que has echo (6200W por oficina)te valen monofasicas perfectamnte y de forma independiente porque supongo que cada oficina querrá tener su propio contrato de la luz. :brindis
por
#24553
malcubil escribió:Para justificar que no son locales de LPC puedes decir que te basas en el calculo teorico de publicación en el Codigo tecnico de la edificacion (SI), y respecto a la DI para la prevision de consumo que has echo (6200W por oficina)te valen monofasicas perfectamnte y de forma independiente porque supongo que cada oficina querrá tener su propio contrato de la luz. :brindis


Si son oficinas, yo nunca lo he considerado LPC, no entiendo que hay que justificar :roll: :roll:
por
#24556
Gracias por la respuesta, sólo me preocupa que si supongo en la previsión de cargas un máximo de 6820w para los módulos grandes(55m2), ¿significa que no podrán contratar más de 30A(6900W) por módulo de 55m2?¿ No podré poner un I.General de 40A en el cuadro de cada módulo? Disculpad si os estoy liando. Un saludo.
por
#24557
En realidad si las considero oficinas privadas no habría nada que justificar como dice el compañero, me pongo de su lado en este caso.
por
#24563
Alex33 escribió:Gracias por la respuesta, sólo me preocupa que si supongo en la previsión de cargas un máximo de 6820w para los módulos grandes(55m2), ¿significa que no podrán contratar más de 30A(6900W) por módulo de 55m2?¿ No podré poner un I.General de 40A en el cuadro de cada módulo? Disculpad si os estoy liando. Un saludo.


Si tu intención es marcar un I. General de 40A por oficina, pues ya estás marcando la intensidad máxima que pueden contratar y luego ya distribuyes según creas conveniente. También puedes dejar reservas de futuro por si pueden necesitar.

No sé tampoco hay que liarse tanto con este tema, conoces "poco" de la previsión de cargas según lo que he leido aqui, así si ya has considerado una previsión mayor que los mínimos marcados por el REBT pues perfecto.

No sé si te estoy liando ó no me explico bien lo que quiero decir. :ein
por
#24574
Había considerado la previsión de 100w/m2, pero resulta que ya llevo instalado para un módulo de 42m2:
. Una máquina de aire de 2600W. ( Muro cortina acristalado)
. Luminarias fluorescentes con potencia instalada 812W.
. Ventilación ( T.A.E. y extracción): 160W.

Entiendo que estos servicios tienen prácticamente simultaneidad 1.
Ahora, si cuento los posibles puestos de trabajo( Hasta 6 por oficina) me iría de 4200W, pero como son receptores desconocidos en teoría no tendría que contarlos para la previsión ¿es así?
Lo que me preocupa es que en realidad dispondré de 1 o 2 circuitos de 16A lo que incrementaría mucho el consumo, respecto a lo previsto para las instalaciones de enlace. No sé, igual mejor dejarlo todo a 100w/m2.
por
#24578
Alex33 escribió:Había considerado la previsión de 100w/m2, pero resulta que ya llevo instalado para un módulo de 42m2:
. Una máquina de aire de 2600W. ( Muro cortina acristalado)
. Luminarias fluorescentes con potencia instalada 812W.
. Ventilación ( T.A.E. y extracción): 160W.

Entiendo que estos servicios tienen prácticamente simultaneidad 1.
Ahora, si cuento los posibles puestos de trabajo( Hasta 6 por oficina) me iría de 4200W, pero como son receptores desconocidos en teoría no tendría que contarlos para la previsión ¿es así?
Lo que me preocupa es que en realidad dispondré de 1 o 2 circuitos de 16A lo que incrementaría mucho el consumo, respecto a lo previsto para las instalaciones de enlace. No sé, igual mejor dejarlo todo a 100w/m2.


Hombre, cada uno tendrá que ver como es su cliente y que es lo que te pide.
Ahora bien si te dejan más o menos libertad, ya que conoces más o menos los puestos de trabajo yo consideraría la potencia máxima para dar servicio a todos los puestos (siendo oficinas, el consumo de cada puesto es bajo, un ordenador y poco más...), ya que sino es ahora, más adelante los ocuparán (sino para que los han puesto)...al final compañero, tendrás que tomar una decisión según tu criterio y defenderlo, queda un poco todo en tus manos. :botando
por
#24584
Gracias de nuevo, es lo que tiene el foro, que vas reflexionando pero como no podía ser de otra forma la elección la tiene uno.
Saludos.
Avatar de Usuario
por
#24671
...yo me referia a oficinas con presencia de publico donde por superficie 50m2 aplicando reglamento electrico llevan proyecto por ser LPC. Si no ha publico evidentemente no tienes que justificar nada. :brindis
Avatar de Usuario
por
#24697
malcubil escribió:...yo me referia a oficinas con presencia de publico donde por superficie 50m2 aplicando reglamento electrico llevan proyecto por ser LPC. Si no ha publico evidentemente no tienes que justificar nada. :brindis


Mi oficina tiene mas de 50 m2, viene público (por suerte :mrgreen: ) y NO es de pública concurrencia :nono
por
#24751
Gracias, mineros, efectivamente ahora sí tengo clara la diferencia, pero estaba un poco confundido pensando en oficinas abiertas al público, tipo banco, inmobiliaria que obviamente se situarán en la zona de locales comerciales.

Lo que sí tendré que considerar como pública concurrencia, creo, es el Vestíbulo General, con 120m2 útiles, al que desembocan las escaleras de las oficinas y tiene paso a una zona comercial de 500m2, ya que la la ITC-28 "considera de pública concurrencia las zonas comunes de las agrupaciones comerciales cualquiera que sea su ocupación" y he leído en una revisión de la Guía-BT-28 que las "zonas comunes destinadas a edificios de oficinas deben considerarse igual que zonas comunes en agrupaciones de establecimientos comerciales."

Pero claro, el vestíbulo, hasta por ocupación según CPI debería ser LPC, pero ¿ y los distribuidores de cada planta de oficinas de 80m2?, ¿ Cuando debe considerarse un Edificio(no un local) de pública concurrencia?
Yo voy a considerar el vestíbulo que por CPI presenta más de 50 personas, y descartaré por lo mismo los distribuidores. ¿ Qué os parece?
Avatar de Usuario
por
#24753
Álex, te ruego que no mezcles temas al preguntar. Por otra parte, debes buscar antes de preguntar, por ejemplo, http://www.soloingenieria.net/foros/vie ... php?t=1257

P.D: Por cierto, la CPI lleva derogada más de un año.
por
#24757
Disculpa nuevamente Antonio.
En este caso CTE y CPI ponen lo mismo ( 2 m2 por persona.) y tengo el chip cambiado porque el proyecto tiene aprobado el Proyecto Básico antes de la entrada del CTE.
Para cerrar si te parece y vistos los comentarios a los que me remites, entiendo que el vestíbulo general de un edificio de oficinas no abiertas al público no lo puedo asimilar a zonas comunes comerciales como he interpretado de la guía BT-28, y por tanto sólo sería LPC si tuviera una ocupación de más de 100 personas, que no es el caso (120m2 útiles). Caso de que sirviera de acceso a zonas comerciales o a oficinas de pública concurrencia si lo consideraría LPC cualquiera que fuese su ocupación. ¿ Correcto?
Avatar de Usuario
por
#24976
Sí, con el matiz de que en el supuesto de oficinas no abiertas al público con ocupación mayor de 100 personas (que no es tu caso por lo que dices), mejor consensuarlo con la D.G. de Industria de turno.
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro