Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#256971
Hola a todos,

La tabla 3.1 del DB SI-3 dice que las "plantas o recintos que disponen de más de una salida de planta o salida de recinto respectivamente" pueden tener un recorrido de evacuación hasta alguna salida de planta de hasta 50 m.

Tengo una duda respecto su interpretación. Supongamos un edificio con una planta dedicada a oficinas. A las oficinas se accede por un vestíbulo, a través de dos puertas. La zona de oficinas es diáfana y cuenta con un despacho una sala de juntas en un lateral. El porblema es que el recorrido de evacuación hasta la salida de planta es de 30 m.

La duda es si puedo considerar la zona de oficinas como un recinto con 2 salidas de recinto y de este modo poder ir a recorridos de evacuación de hasta 50 m. Yo interpreto que se puede considerar así, pero no tengo muy claro lo de las salidas de recintos.

A ver que opinais vosotros...

Muchas gracias.

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#256974
FerGT escribió: las "plantas o recintos que disponen de más de una salida de planta o salida de recinto respectivamente" pueden tener un recorrido de evacuación hasta alguna salida de planta de hasta 50 m.

Tengo una duda respecto su interpretación. Supongamos un edificio con una planta dedicada a oficinas. A las oficinas se accede por un vestíbulo, a través de dos puertas. La zona de oficinas es diáfana y cuenta con un despacho una sala de juntas en un lateral. El porblema es que el recorrido de evacuación hasta la salida de planta es de 30 m.

La duda es si puedo considerar la zona de oficinas como un recinto con 2 salidas de recinto y de este modo poder ir a recorridos de evacuación de hasta 50 m. Yo interpreto que se puede considerar así, pero no tengo muy claro lo de las salidas de recintos.


Pues no, porque los recorridos de evacuación se considera que acaban al llegar a una salida de planta, pero no al alcanzar una salida de recinto.

Un recinto puede necesitar dos salidas de recinto por aforo, pero no por longitud de recorrido de evacuación, pues una salida de recinto no es una salida de planta, aunque una salida de planta sí puede ser una salida de recinto.

En resumen, que necesitas otra salida de planta o jugar con situar más despachos de tal forma que no excedan de 50 m2 y así considerar su puerta de acceso como origen de evacuación.

OJO que un despacho que realmente es una sala de reuniones, no cumpliría la densidad mínima de 5 m2/persona, normalmente...
por
#257014
Buenas tardes,
Echándole un vistazo al plano que adjuntas, que tipo de escalera tienes, es decir es protegida o no ?
En el caso que sea escalera protegida la distancia del recorrido de evacuación es desde cualquier punto ocupable de la zona de oficina diáfana al ser el más alejado, hasta la puerta de la escalera no al arranque de esta como estas haciendo.
Por cierto Unomenos, no entiendo a lo que te refieres que un despacho es una sala de reuniones?
Un despacho tiene una ocupación de 1pers/10 m² y una sala de reuniones de 1pers/2m².
Saludos
por
#257015
edito: no había visto la respuesta de asanchez y contesto a los dos a la vez.

unomenos escribió:
FerGT escribió: las "plantas o recintos que disponen de más de una salida de planta o salida de recinto respectivamente" pueden tener un recorrido de evacuación hasta alguna salida de planta de hasta 50 m.

Tengo una duda respecto su interpretación. Supongamos un edificio con una planta dedicada a oficinas. A las oficinas se accede por un vestíbulo, a través de dos puertas. La zona de oficinas es diáfana y cuenta con un despacho una sala de juntas en un lateral. El porblema es que el recorrido de evacuación hasta la salida de planta es de 30 m.

La duda es si puedo considerar la zona de oficinas como un recinto con 2 salidas de recinto y de este modo poder ir a recorridos de evacuación de hasta 50 m. Yo interpreto que se puede considerar así, pero no tengo muy claro lo de las salidas de recintos.


Pues no, porque los recorridos de evacuación se considera que acaban al llegar a una salida de planta, pero no al alcanzar una salida de recinto.

Un recinto puede necesitar dos salidas de recinto por aforo, pero no por longitud de recorrido de evacuación, pues una salida de recinto no es una salida de planta, aunque una salida de planta sí puede ser una salida de recinto.

En resumen, que necesitas otra salida de planta o jugar con situar más despachos de tal forma que no excedan de 50 m2 y así considerar su puerta de acceso como origen de evacuación.

OJO que un despacho que realmente es una sala de reuniones, no cumpliría la densidad mínima de 5 m2/persona, normalmente...


unomenos y asanchez, muchas gracias por vuestras respuestas.

Sigo sin verlo claro. No me refería a donde acababa el recorrido de evacuación, que eso si que está claro que es en la salida de planta, sino a su longitud máxima admisible. asanchez, la escalera no es protegida, pero creo que para el caso concreto no tiene trascendencia, porque la cuestión va de la longitud máxima del recorrido de evacuación.

unomenos, me subrayas lo de la salida de planta, pero en la tabla no pone "plantas o recintos que disponen de más de una salida de planta". Lo que dice es "plantas o recintos que disponen de más de una salida de planta o salida de recinto respectivamente". De acuerdo con lo de "respectivamente", ¿no está diciendo por un lado "plantas que disponen de más de una salida de planta" y por el otro "recintos que disponen de más de una salida de recinto"? Si es así, mi recorrido de evacuación tendrá el límite en 50 m y no en 25m, que es lo que estoy buscando (ampliar el límite máximo del recorrido de evacuación).
por
#257021
El recinto si tiene dos salidas de planta pero no tienes dos recorridos alternativos (mirar deficinición), ya que se encuentran las dos salidas muy proximas, por lo que creo que solo tienes 25m.
Saludos
por
#257024
asanchez escribió:El recinto si tiene dos salidas de planta pero no tienes dos recorridos alternativos (mirar deficinición), ya que se encuentran las dos salidas muy proximas, por lo que creo que solo tienes 25m.
Saludos


No te entiendo :( , ¿qué me quieres decir? ¿qué las dos salidas de las zona de oficinas son ya la salida de planta?

En la tabla 3.1 solo habla de recorridos alternativos de evacuación para el caso de plantas de hospitalización o de tratamiento intesivo y me he mirado la definición de recorrido alternativo y no so se que tiene que ver el recorrido alternativo para que se puedan considerar 25 m o 50 m.
por
#257085
asanchez escribió:Por cierto Unomenos, no entiendo a lo que te refieres que un despacho es una sala de reuniones?
Un despacho tiene una ocupación de 1pers/10 m² y una sala de reuniones de 1pers/2m².


Decir que un despacho es un despacho, para así aplicarle el origen de evacuación en la puerta (siempre que su superficie no exceda de los 50 m2), cuando realmente es una sala de reuniones, es un fraude, porque al ser una sala de reuniones, el origen de evacuación está dentro de la sala (no en la puerta de acceso), en el punto más desfavorable.

asanchez escribió:El recinto si tiene dos salidas de planta pero no tienes dos recorridos alternativos (mirar deficinición), ya que se encuentran las dos salidas muy proximas, por lo que creo que solo tienes 25m.


¿En serio? Te agradeceré que me digas cuáles son las dos salidas de planta del recinto, teniendo presente que:

FerGT escribió:sanchez, la escalera no es protegida, pero creo que para el caso concreto no tiene trascendencia, porque la cuestión va de la longitud máxima del recorrido de evacuación..


, y que:

Salida de planta
Es alguno de los siguientes elementos, pudiendo estar situada, bien en la planta considerada o bien en otra planta diferente:
1 El arranque de una escalera no protegida que conduce a una planta de salida del edificio, siempre que el área del hueco del forjado no exceda a la superficie en planta de la escalera en más de 1,30 m². Sin embargo cuando, en el sector que contiene a la escalera la planta considerada o cualquier otra inferior esté comunicada con otras por huecos diferentes de los de las escaleras, el arranque de escalera antes citado no puede considerase salida de planta.
2 El arranque de una escalera compartimentada como los sectores de incendio, o una puerta de acceso a una escalera protegida, a un pasillo protegido o al vestíbulo de independencia de una escalera especialmente protegida.
Cuando se trate de una salida de planta desde una zona de hospitalización o de tratamiento intensivo, dichos elementos deben tener una superficie de al menos de 0,70 m² o 1,50 m², respectivamente, por cada ocupante. En el caso de escaleras, dicha superficie se refiere a la del rellano de la planta considerada, admitiéndose su utilización para actividades de escaso riesgo, como salas de espera, etc.
3 Una puerta de paso, a través de un vestíbulo de independencia, a un sector de incendio diferente que exista en la misma planta, siempre que:
- el sector inicial tenga otra salida de planta que no conduzca al mismo sector alternativo.
- el sector alternativo tenga una superficie en zonas de circulación suficiente para albergar a los ocupantes del sector inicial, a razón de 0,5 m²/pers, considerando únicamente los puntos situados a menos de 30 m de recorrido desde el acceso al sector. En uso Hospitalario dicha superficie se determina conforme a los criterios indicados en el punto 2 anterior.
- la evacuación del sector alternativo no confluya con la del sector inicial en ningún otro sector del edificio, excepto cuando lo haga en un sector de riesgo mínimo.
4 Una salida de edificio.
por
#257130
Perdonar queria decir dos salidas de recinto que llevan a una salida de planta que es el arranque de la escalera al ser no protegida.
En el caso que fuera la escalera protegida la salida de planta coincidiria con la salida del recinto y por tanto si te cumpliría.

Saludos,
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