Caduki76 escribió:fsi escribió:Caduki76 escribió:fsi escribió:La potencia del boletín, que como ya sabemos no existe, siempre deberá ser >= la contratada.
Sí,eso está claro,la potencia del IGA (boletín, instalada) es la máxima que se puede contratar, la cuestión es su relación con la potencia "solicitada".
Como ya te ha explicado MAZIN la solicitada (entiendo que para contratar) será "la más próxima a los tramos de contratación que tenga la cía", siempre por debajo de la del "boletín".
No,la solicitada no es en el momento de contratar,es muchísimo antes,cuando está el solar,es una potencia que se hace en "previsión" de lo que habrá allí.Es una "tercera" potencia aparte de la instalada y la contratada y la primera en "aparecer".Resulta crucial para no tener problemas con la Cª posteriores.
Eso en mi tierra se llama PREVISION DE POTENCIA y en el RBT y en las NNPP de las Cía's, también.









