demongba escribió:Pues a mi no me queda claro pues no dice "alumbrado de emergencia permanente" si no de señalización.
Lo digo pues hay luminarias de emergencia no permanentes que tienen la "señalización" cuando hay red y si falta la red entonces enciende la emergencia.
P.D. Luego nos dicen que hay que ahorrar energía.
A ver, según lo que comentas, y corregidme si me equivoco, lo que dice la circular de Industria de Asturias es que se deberá disponer de alumbrado de señalización permanente... y yo entiendo que el alumbrado de señalización es aquel que se ubica junto a las señales de evacuación o salida... y siempre y cuando se instalen "en todas las zonas comunes del edificio".
¿En que casos no tendría que ser permanente? Pues divagando, por ejemplo, en el caso de un pasillo de gran longitud para acceso a viviendas en una de las plantas en el que haya 3 o 4 emergencias. Entiendo que solo debería ser permanente la emergencia que alumbra a la señal de salida de dicho pasillo hacia el medio de evacuación, en este caso las escaleras. O en el caso de un portal de gran tamaño y longitud, en el que haya tambien varias emergencias, sería permanente la de salida del mismo. Ojo! Siempre y cuando hubiera contacto visual con dicho punto desde cualquier punto del recinto.
Sin embargo, en el caso que yo planteaba, dichos vestibulos previos a la vivienda tienen apenas 5 m2, por lo que solo hay una emergencia, que tendrá que ser permanente.
¿Lo veis así?