¿Cableado AS+ para detectores? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#270529
Hola a todos,

¿es necesario cable AS+ para los detectores de un local de pública concurrencia?

Resulta que la norma UNE 23007-14 parece que en el apartado 6.11.2 obliga a que así sea, aunque luego en las aclaraciones de la propia norma, dice que si los lazos de detección no van y vuelven por el mismo camino, pueden usarse "cables estándar" (A.6.11.2.2.2).

Luego está el RBT, que en la ITCBT028 dice que los sistemas de contraincendios son servicios de seguridad y como tal deben ir alimentados con cables AS+.

El caso es que me encuentro con un Local de Pública Concurrencia con un gran número de detectores en el parking, que tiene más de 100 plazas. La diferencia (en euros) entre un cableado AS+ y uno simplemente Libre de Halógenos es sustancial porque son muchos metros de cable. La ida y la vuelta de los lazos no se hace por el mismo recorrido y la central de incendios está incluso en un sector de incendios diferente.

¿Qué pensáis?
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#270560
NOOOO se necesitan conductores de seguridad mejorada en detectores, ya que estos han cumplido su misión mucho antes que el conductor ni siquera se haya calentado.
AS+ se usa en receptores que requieran estar en funcionamiento durante el incendio (extractores de 400º/2 h).

Solo faltaba que los detectores entren a funcionar y la alarma salte y no haya nadie que acuda al local para su extinción antes de que todo arda como una pira. date cuenta que los detectores detectan "conatos" (llamitas, gradiente de temperatura, humos, iones...).

Ahóra que venga el tcnico de industria y nos eche abajo el argumento...¡porque sí! :pirate
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#270608
Upolu escribió:NOOOO se necesitan conductores de seguridad mejorada en detectores, ya que estos han cumplido su misión mucho antes que el conductor ni siquera se haya calentado.
AS+ se usa en receptores que requieran estar en funcionamiento durante el incendio (extractores de 400º/2 h).

Solo faltaba que los detectores entren a funcionar y la alarma salte y no haya nadie que acuda al local para su extinción antes de que todo arda como una pira. date cuenta que los detectores detectan "conatos" (llamitas, gradiente de temperatura, humos, iones...).

Ahóra que venga el tcnico de industria y nos eche abajo el argumento...¡porque sí! :pirate


A mi me lo han pedido.
Hay una UNE que dice algo de eso, pero ahora no tengo tiempo de buscarla... dice que los cables deberán resistir el tiempo necesario para transmitir la señal de alarma...
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#270621
MAZINGER escribió:A mi me lo han pedido.
Hay una UNE que dice algo de eso, pero ahora no tengo tiempo de buscarla... dice que los cables deberán resistir el tiempo necesario para transmitir la señal de alarma...

Y si mal no recuerdo, también dice que los elementos que deban seguir funcionando más de ¿30 segundos? ¿2 minutos? después del incendio, deberán llevar cableado resistente al fuego o protegido. Piensa en las sirenas, sistemas de avisos, cableado de extinciones etc.
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#270666
Yo lo pondría, el REBT te obliga a ello. Ten en cuenta que el cableado puede discurrir por falsos techo y/o patinillos, en los cuales no se suele poner detección.
Vamos que es posible que el incendio se origine en un lugar sin detección pero con cableado.

Vamos a lo de siempre... la norma establece mínimos.
por
#270676
Upolu, yo pensaba como tú, pero los reglamentos y normas UNE le dan la razón a Mazinger, Goran y Hmayordomo.

El razonamiento de Hmayordomo es además bastante razonable.... :yep

:comunidad
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#270678
hmayordomo escribió:Yo lo pondría, el REBT te obliga a ello. Ten en cuenta que el cableado puede discurrir por falsos techo y/o patinillos, en los cuales no se suele poner detección.
Vamos que es posible que el incendio se origine en un lugar sin detección pero con cableado.

Vamos a lo de siempre... la norma establece mínimos.


Dime dónde. Explícitamente.
:pausa
por
#270698
hmayordomo escribió:Yo lo pondría, el REBT te obliga a ello. Ten en cuenta que el cableado puede discurrir por falsos techo y/o patinillos, en los cuales no se suele poner detección.
Vamos que es posible que el incendio se origine en un lugar sin detección pero con cableado.

Vamos a lo de siempre... la norma establece mínimos.



Eso de que en falsls techos y patinillos no se pone será en las instalaciones de "medio pelo". Claro que se ponen detectores allá. Hasta en debajo de los suelos técnicos.
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#270714
UNE 23007-14 /1996 (no maltratarme :tomato si es que está anulada por otra) parte 6.11.3
:mira
por
#270940
Buenos días. Manzinger lleva razón, :mira pero además deberias leer el pto A.6.11.3 de la UNE 23007-14 /1996 . Si deben funcionar mas de 1 minuto el cable debe aguantar como minimo 30 minutos. Eso no solo incluye los extractores, además las sirenas de incendios, la alimentacion de grupos de bombeo electricos, por ejemplo.

SALUDOS Y UN ABRAZO :saludo
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#270950
La UNE 23007-14, tiene una nueva versión de 2009.

Por cierto, ¿quién hace el favor de indicarme en que sitio del REBT se hace referencia a ésta Norma?, porque la he buscado y no la encuentro (en el REBT).
por
#270952
Capitan Morgan escribió:Buenos días. Manzinger lleva razón, :mira pero además deberias leer el pto A.6.11.3 de la UNE 23007-14 /1996 . Si deben funcionar mas de 1 minuto el cable debe aguantar como minimo 30 minutos. Eso no solo incluye los extractores, además las sirenas de incendios, la alimentacion de grupos de bombeo electricos, por ejemplo.

SALUDOS Y UN ABRAZO :saludo



Entonces también el cableado telefónico; el de las emergencias...y puestos así, todo el cableado.
por
#270957
MAZINGER escribió:UNE 23007-14 /1996 (no maltratarme :tomato si es que está anulada por otra) parte 6.11.3
:mira


Mazinger la 23007-14:2009 en el apartado 6.11.3 habla de Protección contra Daños Mecánicos.......

Ya en el primer post dije que "Resulta que la norma UNE 23007-14 parece que en el apartado 6.11.2 obliga a que así sea, aunque luego en las aclaraciones de la propia norma, dice que si los lazos de detección no van y vuelven por el mismo camino, pueden usarse "cables estándar" (A.6.11.2.2.2)." (me cito a mi mismo..... :rolleyes )

caniki escribió:La UNE 23007-14, tiene una nueva versión de 2009.

Por cierto, ¿quién hace el favor de indicarme en que sitio del REBT se hace referencia a ésta Norma?, porque la he buscado y no la encuentro (en el REBT).


Caniki en el RBT no se hace referencia expresa a la norma. Como estamos en un local de pública concurrencia, tengo por un lado que cumplir la ITCBT028 que me dice que las instalaciones de PCI son servicios de seguridad (alimantar con AS+) y por otro lado el DBSI y el RIPCI.

La verdad es que sigo sin tener claro si la detección tiene que ir con AS+ o no..... :ko (son la caña estos nuevo emoticonos jejejeje)
por
#270960
Con permiso

El REBT en su artículo 2 punto 4 indica:
Se excluyen de la aplicación de este Reglamento ............................................................................ y demás instalaciones y equipos que estuvieran sujetos a reglamentación específica.

Las instalaciones de detección y alarma de incendio están sujetas a reglamentación específica: RIPCI,RSCIEI y DBSI.

Luego el REBT no es obligatorio aplicarlo a las instalaciones de detección y alarma de incendio.



Por otro lado estáis mezclando exigencias de dos normas diferentes: la UNE 23007 14 1996 y la UNE 23007 14 2009.

Y por último, debéis aclarar que tipo de instalación ("analógica" o "convencional") y de que circuitos de la instalación estáis hablando.

un saludo
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#270961
Vuelvo a preguntar, ¿dónde hace referencia el CTE DB SI a la UNE 23007-14? ¿y dónde hace referencia el RIPCI a la UNE 23007-14?
Última edición por caniki el 01 Jun 2011, 12:22, editado 2 veces en total
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