Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#287239
Quería sacar a debate este tema, porque ni yo, ni muchos de mis compañeros, lo tienen claro.
Suponiendo un local comercial típico, generalmente menor de 500m2, y dotado con una o varias dependencias para uso almacen, ¿Considerais estos almacenes de riesgo especial?
Me explico, para curarme en salud, es facil hacer un cálculo de la carga ponderada Qs y si es mayor de 450MJ/m2 decir que es riesgo especial y tratarlo como tal. Pero no estoy del todo de acuerdo con esto, puesto que los metodos de calculo del Qs están descritos en el RCSIEI y no tengo tan claro, depues de ver las definiciones de la guía acerca de una actividad industrial, que un local comercial entre dentro del ambito de aplicación, teniendo en cuenta que los almacenes de este tipo de locales suelen ser pequeños cuartos de 15, 20 o 30 m2.
Opiniones... ¿Como tratais este tema?
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#287243
Del DB SI

"Comercial
- Almacenes en los que la densidad de carga de fuego ponderada y corregida (QS) aportada por los productos almacenados sea (5) [...]

[...] (5)
Las áreas públicas de venta no se clasifican como locales de riesgo especial. La determinación de QS puede hacerse conforme a lo establecido en el "Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales". Se recuerda que, conforme al ámbito de aplicación de este DB, los almacenes cuya carga de fuego total exceda de 3 x 10^6 MJ se regulan por dicho Reglamento, aunque pertenezcan a un establecimiento de uso Comercial."
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