Protección obligatoria contactos indirectos G. Electrogeno (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#286118
Hola a todos:

Sigo leyendo la ITC-BT-40 y en el apartado 7 donde habla de protecciones, en ningún momento veo que sea preceptivo proteger contra contactos indirectos, máxime cuando en los grupos electrógenos que yo he visto(estoy hablando de instalaciones generadoras asistidas), no he visto protección diferencial, a la salida del generador.
¿Es esto correcto?
¿Hay alguna norma que se me escape y donde obligue a proteger contra contactos indirectos?

Saludos
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#286119
Cableton escribió:Hola a todos:

Sigo leyendo la ITC-BT-40 y en el apartado 7 donde habla de protecciones, en ningún momento veo que sea preceptivo proteger contra contactos indirectos, máxime cuando en los grupos electrógenos que yo he visto(estoy hablando de instalaciones generadoras asistidas), no he visto protección diferencial, a la salida del generador.
¿Es esto correcto?
¿Hay alguna norma que se me escape y donde obligue a proteger contra contactos indirectos?

Saludos

¿el grupo electrogeno que conexion tienes?¿si es estrella tiene puesto el neutro a tierra?


es que si concectas en triangulo ¿por donde cierra el circuito para disparar? y lo mismo si la estrella no lleva el neutro a tierra.


es que un grupo tiene muchos problemas porque

¿si con neutro a tierra hay una derivacion interna que no llegue a ser corto y tocas la carcasa del generador.. que te protege en ese contacto?

si el neutro esta pueto a tierra, es un generador igual al trafo y nohay problema para poner diferencia, vamos que es hasta recomendable....
por
#286122
arquimedes escribió:
Cableton escribió:Hola a todos:

Sigo leyendo la ITC-BT-40 y en el apartado 7 donde habla de protecciones, en ningún momento veo que sea preceptivo proteger contra contactos indirectos, máxime cuando en los grupos electrógenos que yo he visto(estoy hablando de instalaciones generadoras asistidas), no he visto protección diferencial, a la salida del generador.
¿Es esto correcto?
¿Hay alguna norma que se me escape y donde obligue a proteger contra contactos indirectos?

Saludos

¿el grupo electrogeno que conexion tienes?¿si es estrella tiene puesto el neutro a tierra?
Si, con neutro a tierra.

es que si concectas en triangulo ¿por donde cierra el circuito para disparar? y lo mismo si la estrella no lleva el neutro a tierra.

Totamente de acuerdo


es que un grupo tiene muchos problemas porque

¿si con neutro a tierra hay una derivacion interna que no llegue a ser corto y tocas la carcasa del generador.. que te protege en ese contacto?

De acuerdo tambien
si el neutro esta pueto a tierra, es un generador igual al trafo y nohay problema para poner diferencia, vamos que es hasta recomendable....


El tema es si es obligatorio segun RBT a la hora de proyectar .
La duda que me surge, es que si no es obligatorio segun RBT, segun la normativa de PRL, ¿si lo sería?
Es aplicable el El Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, ¿o no?
Porque entonces al ser un lugar de trabajo, en mi opinion se debería proteger contra contactos indirectos no solo la sala donde esta el grupo sino todo el local, lo cual en mi opinion incluiria, colocar todas las masas metalicas a tierra, cuadros, carcasa grupo etc, asi como aplicar la famosa http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Ficheros/101a200/ntp_142.pdf nombrada varias veces en el foro, que protegería frente a una puesta en tension de la carcasa del grupo.
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#286124
Cableton escribió:
arquimedes escribió:
Cableton escribió:Hola a todos:

Sigo leyendo la ITC-BT-40 y en el apartado 7 donde habla de protecciones, en ningún momento veo que sea preceptivo proteger contra contactos indirectos, máxime cuando en los grupos electrógenos que yo he visto(estoy hablando de instalaciones generadoras asistidas), no he visto protección diferencial, a la salida del generador.
¿Es esto correcto?
¿Hay alguna norma que se me escape y donde obligue a proteger contra contactos indirectos?

Saludos

¿el grupo electrogeno que conexion tienes?¿si es estrella tiene puesto el neutro a tierra?
Si, con neutro a tierra.

es que si concectas en triangulo ¿por donde cierra el circuito para disparar? y lo mismo si la estrella no lleva el neutro a tierra.

Totamente de acuerdo


es que un grupo tiene muchos problemas porque

¿si con neutro a tierra hay una derivacion interna que no llegue a ser corto y tocas la carcasa del generador.. que te protege en ese contacto?

De acuerdo tambien
si el neutro esta pueto a tierra, es un generador igual al trafo y nohay problema para poner diferencia, vamos que es hasta recomendable....


El tema es si es obligatorio segun RBT a la hora de proyectar .
La duda que me surge, es que si no es obligatorio segun RBT, segun la normativa de PRL, ¿si lo sería?
Es aplicable el El Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, ¿o no?
Porque entonces al ser un lugar de trabajo, en mi opinion se debería proteger contra contactos indirectos no solo la sala donde esta el grupo sino todo el local, lo cual en mi opinion incluiria, colocar todas las masas metalicas a tierra, cuadros, carcasa grupo etc, asi como aplicar la famosa http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Ficheros/101a200/ntp_142.pdf nombrada varias veces en el foro, que protegería frente a una puesta en tension de la carcasa del grupo.



pues los pocos que yo he montado no he encontrado solucion que lo abarque todo y no encontre solución que me me satisfaciera compeltamente... al fina lo que hice fue poner un detector de tensión masa -tierra, vigilando la tension a ttierra de la carcasa de forma que cuando la tensión de esta superará un nivle prfeijado sonara alarma... y rodearlo de la goma pirelli de esta de los centros de trasnformación..

no se si te sirve la respuesta pero yo no encontre solucion mas satisfactoria que esta
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#286152
Cableton escribió:Sigo leyendo la ITC-BT-40 y en el apartado 7 donde habla de protecciones, en ningún momento veo que sea preceptivo proteger contra contactos indirectos, máxime cuando en los grupos electrógenos que yo he visto(estoy hablando de instalaciones generadoras asistidas), no he visto protección diferencial, a la salida del generador.
¿Es esto correcto?
¿Hay alguna norma que se me escape y donde obligue a proteger contra contactos indirectos?

Hola,

Aunque la itc del reglamento que comentas, no exija la protección contra contactos indirectos del grupo.

Lo deja en manos de las especificaciones del fabricante:
bt-40 pto. 7.
La máquina motriz y los generadores dispondrán de las protecciones específicas que el fabricante aconseje para reducir los daños como consecuencia de defectos internos o externos a ellos.


Los circuitos alimentados a través del grupo, sí debe protegerse contra contactos indirectos, conforme la bt-24 independientemente de la conexión del grupo, esto incluye la salida del generador.

bt-40 pto. 7.
Los circuitos de salida de los generadores se dotarán de las protecciones establecidas en las correspondientes ITC que les sean aplicables.
por
#287582
Los circuitos alimentados a través del grupo, sí debe protegerse contra contactos indirectos, conforme la bt-24 independientemente de la conexión del grupo, esto incluye la salida del generador.

bt-40 pto. 7.
Los circuitos de salida de los generadores se dotarán de las protecciones establecidas en las correspondientes ITC que les sean aplicables.

Según entiendo yo, la ITC-24, no sería aplicable, en tanto en cuanto la esta ITC es aplicable a instalaciones interiores o receptoras.Y una instalación de generación no lo es.

Saludos
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#287623
Cableton escribió:
Los circuitos alimentados a través del grupo, sí debe protegerse contra contactos indirectos, conforme la bt-24 independientemente de la conexión del grupo, esto incluye la salida del generador.

bt-40 pto. 7.
Los circuitos de salida de los generadores se dotarán de las protecciones establecidas en las correspondientes ITC que les sean aplicables.

Según entiendo yo, la ITC-24, no sería aplicable, en tanto en cuanto la esta ITC es aplicable a instalaciones interiores o receptoras.Y una instalación de generación no lo es.

Hola Cableton,

El art. 16 del rebt
Las instalaciones interiores o receptoras son las que, alimentadas por una red de distribución o por una fuente de energía propia, tienen como finalidad principal la utilización de la energía eléctrica.


Un saludo
por
#287650
wenner escribió:
Cableton escribió:
Los circuitos alimentados a través del grupo, sí debe protegerse contra contactos indirectos, conforme la bt-24 independientemente de la conexión del grupo, esto incluye la salida del generador.

bt-40 pto. 7.
Los circuitos de salida de los generadores se dotarán de las protecciones establecidas en las correspondientes ITC que les sean aplicables.

Según entiendo yo, la ITC-24, no sería aplicable, en tanto en cuanto la esta ITC es aplicable a instalaciones interiores o receptoras.Y una instalación de generación no lo es.

Hola Cableton,

El art. 16 del rebt
Las instalaciones interiores o receptoras son las que, alimentadas por una red de distribución o por una fuente de energía propia, tienen como finalidad principal la utilización de la energía eléctrica.


Un saludo


Bueno, pues aqui queda claro, que una instalación de un grupo electrógeno, no es una instalacion interior, y por tanto esta libre de cumplir la ITC-24.

Saludos
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#287652
Cableton escribió:Bueno, pues aqui queda claro, que una instalación de un grupo electrógeno, no es una instalacion interior, y por tanto esta libre de cumplir la ITC-24.

Saludos
El generador, no... lo que alimenta este, sí..
La protección exigida es para lo que alimente ese generador, que sí es una ints. interior, si su finalida es la de consumir la energía, según se especifica en el Art 16
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#287741
Cableton escribió:Bueno, pues aqui queda claro, que una instalación de un grupo electrógeno, no es una instalacion interior, y por tanto esta libre de cumplir la ITC-24.

Interpretación curiosa, estoy en la línea de Cueli, el art. 16 define instalación interior como la destinada al uso de la energía eléctrica, independientemente de la fuente de suministro. Por tanto, si no lo aplicas en una instalación alimenta por un grupo, no veo el motivo para cumplirla en una instalación convencional.
por
#288905
mm, no se , si no me he explicado bien.
Me refiero por ejemplo a un cuarto de un grupo.La carcasa del grupo, y el cuadro de conmutación, que están en una sala independiente, claro.
Por supuesto que la instalación a la que alimenta si debe cumplir la ITC-24.(incluso dentro de la sala, un cuadro de alumbrado o toma de corriente llevarían protección diferencial)
La conclusión que saco, es que según reglamento, la carcasa del grupo electrógeno, no es obligatorio protegerla contra contactos indirectos.
De hecho las OCAS, no ponen falta en sus revisiones.
Mi comentario iba en relacion a esto
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