Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
por
#33994
Hola a todos. Tengo una duda (como ya dije soy algo novato). He leído que en el caso de tener CT, por ejemplo en un edificio de viviendas de más de 100 kW donde Iberdrola obligase a poner uno, se podría prescindir de la CGP, ya que los fusibles de la salida de BT del CT realizan la misma función que los de la CGP.
¿Es correcto o es una burrada? De ser correcto, ¿en que normativa lo pone?
Gracias y un saludo.
por
#34033
Es correcto, en la de Sevillana.Endesa lo pone... pero me temo que eso no vale... quizás en el reglamento tambien venga... de hecho seuro que vendrá.

Un Saludo
por
#34036
"En el caso de edificios que alberguen en su interior un centro de transformación para distribución en baja tensión, los fusibles del cuadro de baja tensión de dicho centro podrán utilizarse como protección de la línea general de alimentación, desempeñando la función de caja general de protección. En este caso, la propiedad y el mantenimiento de la protección serán de la empresa suministradora."

Esto lo pone en la ITC 13 Cajas Generales de Protección, supongo que responde a mi pregunta, pero me gustaría que alguien que haya hecho algún proyecto de viviendas de más de 100 kW y que haya tenido que poner CT, me confirmase que tengo que olvidarme de la CGP, gracias.
por
#34047
Iberdrola, por lo menos por aquí, no deja salir directamente del cuadro de baja del CT. Tienes que salir en baja hasta la acera para alimentar tu CGP que estará en fachada.

Un saludo
Avatar de Usuario
por
#34049
Iberdrola levante no te va a dejar.
Habla con ellos, pero nunca lo he visto por aquí.
:nono
por
#34226
es correcto lo dice el reglamento. No obstante lo que no puedes hacer es sacar la LGA a la calle ya que entonces seria red de distribuccion y te haria falta CGP
Avatar de Usuario
por
#34282
Efectivamente queda a criterio de la compañía suministradora en sus normas particulares. Se suele emplear en algunas cías cuando el CT forma parte del edificio, la zona no esta muy cargada, el Ct es muy grande y la centralización esta próxima.

Consultalo
por
#35078
En Madrid-Castilla La Mancha Unión Fenosa tampoco lo permite, esto es te indican que montes CGP en vía pública y partas desde ahí con la LGA. Razones a mi me han dado varias: por una lado, si la LGA partiera del propio CT el tramo de LGA que queda en el interior del CT sería propiedad de la comunidad, por lo que en caso de avería el instalador de la comunidad debería entrar al CT a repararlo. Sin embargo, legalmente no podría acceder a ese CT con lo cual ya está el problema.

Por otro lado, en el caso de incendios, vertidos de aceite, ... siempre es más problemático que haya una conexión directa entre el CT y el edificio.

En resumen yo veo mucho más ventajoso el montar una CGP y separar instalaciones y propiedades y olvidarte de problemas.

Saludos.
por
#35416
Gracias por vuestras respuestas, ya os comentaré como se soluciona al final...
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro