- 12 Feb 2007, 20:11
#2318
Estimados compañeros:
Me gustaría obtener vuestra opinión sobre el apartado 4 del Anexo III del RSIEI sobre sistemas manuales de alarma:
"4.1 Se instalarán sistemas manuales de alarma de incendio en los sectores de incendio de los establecimientos
industriales cuando en ellos se desarrollen:
a) Actividades de producción, montaje, transformación, reparación u otras distintas al almacenamiento, si:
1.º Su superficie total construida es de 1.000 m2 o superior, o
2.º No se requiere la instalación de sistemas automáticos de detección de incendios, según el apartado 3.1 de este anexo.
b) Actividades de almacenamiento, si:
1.º Su superficie total construida es de 800 m2 o superior, o
2.º No se requiere la instalación de sistemas automáticos de detección de incendios, según el apartado 3.1 de este anexo."
No creeis que las "o" de los puntos 1º deberían ser "y"?? Es decir, que según está redactado una nave dedicada a la producción de cualquier tipología de 100 m2 necesita pulsadores automáticos. No os parece raro? Mirad la casuística resultante y me contaís.