Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
por
#31227
Según el CTE DB-SI, la Sala de maquinaria de ascensores es en todo caso un local de riesgo especial, ahora bien, segun el RAE, la Sala de maquinas es "el local donde se hallan los elementos motrices y/o de aparellaje.

La pregunta es: Si tenemos un ascensor hidraulico, con un armario donde se aloja (el cuadro de maniobras, las protecciones electricas y la central hidraúlica. ¿tiene que ir ese cuadro dentro de un local de riesgo especial?

Yo creo que sí, pero me surgen muchas dudas.

Gracias a todos.
por
#32669
Yo entiendo que sí.

Saludos varios :D
Avatar de Usuario
por
#32674
Coincido con Artista .
Saludos :D
Avatar de Usuario
por
#38658
Yo tengo instaladas maquinarias de ascensores hidraulicos en los halls de edificos, ya que se supone que estos armarios son ya en sí cuarto de máquinas y no tienen porque estar en ningun local especial. El armario es el cuadro.
De hecho son ascensores sin cuarto de máquinas para poder ubicar la maquinaria en cualquier parte del edificio.

Un saludo :brindis
Avatar de Usuario
por
#38660
Yo tengo instaladas maquinarias de ascensores hidraulicos en los halls de edificos, ya que se supone que estos armarios son ya en sí cuarto de máquinas y no tienen porque estar en ningun local especial. El armario es el cuadro.
De hecho son ascensores sin cuarto de máquinas para poder ubicar la maquinaria en cualquier parte del edificio.

Un saludo :brindis
Avatar de Usuario
por
#38661
En lo que si me entra la duda es si este armario se puede ubicar en el garage (zona de riesgo y explosion según REBT 2002).

Me imagino que habrá que desclasificar la zona y poner al armario sobre un poyete de unos 40 cms.

¿Alguién lo sabe?


Un saludo,.
:mira
por
#39205
Hola, yo tengo la misma duda. El ascensor es hidráulico, por lo que toda la maquinaria está alojada en un "armario" metálico. El tema es que para mí eso no es sala, o sea, que no tendría que estar dentro de ninguna sala de máquinas de ascensor (entiendo por tal las salas de los antiguos ascensores, donde en un local se instalaba el motor, mecanismos, ect)

Pregunta del millón :botando

Tengo un ascensor hasta la planta semisótano, que es un aparcamiento. El ascensor se comunica con el aparcamiento a través de un vestíbulo de independencia. Resumiento, tengo el vestíbulo del ascensor, luego el de independencia, y por ultimo el aparcamiento.

En el vestíbulo del ascensor, se puede instalar el "armario" del ascensor? Yo pienso que si. Además, como no está dentro del aparcamiento, la clasificación del mismo no afecta a dicho "armario". ¿opiniones?

Un saludo
Avatar de Usuario
por
#39206
yo he puesto uno en el vestibulo de un edificio de viviendas y no he tendido ningún tipo de problema.

por tanto tú tampoco deberías tener ninguno.

se supone que al ser armarios son totalmente independientes de cualquier tipo de instalación, y se pueden ubicar en cualquier parte.

un saludo :saludo
Avatar de Usuario
por
#39207
perdón, supongo que el vestíbulo sigue teniendo las dimensiones mínimas para cumplir con la normativa antincendios en cuanto al recorrido de evacuaciòn
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro