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Titulaciones, carreras, centros o entidades docentes, Bolonia, cursos, oposiciones, etc.
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#47314
joooo :oops: , fue sin querer...
Fue el momento de asombro...

Por cierto, muy bueno Mazinger

:brindis
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#54410
Hablo poco, aunque de vez en cuando os leo, y por eso, me sabe mal publicar un mensaje para, digamoslo así, regañaros.

Soy ingeniero industrial y soy de la comunidad valenciana, trabajando fundamentalmente en Valencia.

En post ha empezado con un mensaje quejandose de que no se respetaban las competencias de II e ITI, y, como no podía ser de otra forma, la queja estaba absolutamente fundada. Todos nos ponemos las manos en la cabeza ante situaciones en las que se obvian o ningunean las competencias de los II e ITI. Sin embargo, cuando se pide una comprobación de competencias de un ITI para firmar, por ejemplo, la instalación eléctrica de baja tensión de una industria con potencia de 1000 Kw os enfadais y pedis que se tomen acciones legales incluso.

Pues yo no lo veo así ni por asomo. Una instalción de este tipo la puede firmar un ITI esp. eléctrica; y puesto que los colegios de ITI no miran cuando visan si el colegiado es competente de acuerdo a su especialidad, para la firma del proyecto visado, se dan casos en los que ITI mecánicos llevan a industria proyectos para los que no son competentes para firmar. De ete modo me parece totalmente correcto y necesario, que se acredite la competencia del técnico para firmar la instalación proyectada.

El hecho de que el colegio no comprueba la especialidad del tecnico para la firma de los proyectos que visa es totalmente real, y está acreditado por mi propia experiencia y por mensajes de compañeros foreros ITI que lo han dicho en multiples ocasiones.

¿Como va el Colegio de ITI a quejarse ante Industria cuando debería ser industria quien denunciara al colegio por visar proyectos a personas no cualificadas para su redacción? ¿porque digo yo que todos entendemos que la competencia en una materia se debe a que se sobreentiende la cualificación?.

Yo os aseguro que estoy perfectamente capacitado para realizar cualquier tipo de proyecto arquitectónico, sin embargo, no me dedico a firmar este tipo de proyectos, porque mi cualificación académica no me otorga competencias en dicho campo. En caso que quisiera firmarlos haría la carrera de arquitectura, no siendo necesario estudiar, puesto que como presumo, ya sé hacer aquellas cosas que se estudian en la carrera. De este modo demostraría a la administración que realmente sé hacer lo que digo que sé hacer. Sin embargo, algunos de ustedes pretenden demostrar que son la persona que dice al instalador cómo hacer una instalción por el mero hecho de la experiencia, puesto que las asignaturas que se estudian en ITI no se corresponden con los campos de las instalaciones que pretenden realizar.

Y no voy a entrar en otras cosas porque nos vamos a enfadar, y no era esa mi intención.

Existe una cosa que a los ingenieros o ingenieros técnicos no se nos debería pasar, y es la lógica y la coherencia. Aplicando la lógica y la coherencia no se pueden tener opiniones dispares sobre un mismo tema en función de a quien afecte la conclusión derivada de la cuestión planteada.

Otra cosa que debemos tener todos en cuenta es el código deontológico de la profesión, que en resumen son las ideas morales pensadas en frío que ha que aplicar en la vida real ante situaciones que hacen que no pensemos con lógica y coherencia.

Después del rollo, perdonad si he ofendido a alguien. No era esa mi intención.
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#54427
Estoy deacuerdo contigo, un téxtil, químico o mecánico no tendría que hacer según que proyectos eléctricos ya que en la carrera no llega a tocar apenas electrotecnia y depende para que cosas no sería técnico competente, un informático da más electrotecnia que cualquiera de estas tres carreras.
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#54465
Yo no diría tan a la ligera ferjuava que Industria o la Administración de Valencia no mira la especialidad del técnico porque en algunos casos sí que lo comprueban y te tumban la tramitación si no eres la especialidad que toca.

Algunos compañeros te lo pueden corroborar. Pero estoy muy de acuerdo contigo en que debería ser el Colegio el que tuviera la potestad de indicar a los colegiados qué proyectos pueden visar y cuales no.

No lo que hace ahora, que como me dijo un representante del susodicho: "El Colegio va a visar todo lo que le des, es la responsabilidad del colegiado hacer lo que tenga que hacer con ese trabajo visado"



:shock:
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#54474
ROB888 escribió:Estoy deacuerdo contigo, un téxtil, químico o mecánico no tendría que hacer según que proyectos eléctricos ya que en la carrera no llega a tocar apenas electrotecnia y depende para que cosas no sería técnico competente, un informático da más electrotecnia que cualquiera de estas tres carreras.


Eso será en Boston, en la Universidad Politécnica de Valencia con el plan de estudios del 73 no es así.

A ver si nos informamos un poco antes de escribir y generalizamos menos.
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#54548
JORDIM escribió:
ROB888 escribió:Estoy deacuerdo contigo, un téxtil, químico o mecánico no tendría que hacer según que proyectos eléctricos ya que en la carrera no llega a tocar apenas electrotecnia y depende para que cosas no sería técnico competente, un informático da más electrotecnia que cualquiera de estas tres carreras.


Eso será en Boston, en la Universidad Politécnica de Valencia con el plan de estudios del 73 no es así.

A ver si nos informamos un poco antes de escribir y generalizamos menos.


:yep :yep
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#54621
ferjuava escribió:Pues yo no lo veo así ni por asomo. Una instalción de este tipo la puede firmar un ITI esp. eléctrica; y puesto que los colegios de ITI no miran cuando visan si el colegiado es competente de acuerdo a su especialidad, para la firma del proyecto visado, se dan casos en los que ITI mecánicos llevan a industria proyectos para los que no son competentes para firmar. De ete modo me parece totalmente correcto y necesario, que se acredite la competencia del técnico para firmar la instalación proyectada.

El hecho de que el colegio no comprueba la especialidad del tecnico para la firma de los proyectos que visa es totalmente real, y está acreditado por mi propia experiencia y por mensajes de compañeros foreros ITI que lo han dicho en multiples ocasiones.

¿Como va el Colegio de ITI a quejarse ante Industria cuando debería ser industria quien denunciara al colegio por visar proyectos a personas no cualificadas para su redacción? ¿porque digo yo que todos entendemos que la competencia en una materia se debe a que se sobreentiende la cualificación?.


Buen post ferjuava. No estoy de acuerdo pero por supuesto no me enfado.

Creo que las juntas de gobierno a veces no tienen claro donde están, a quién sirven y quién los puso ahí. Su obligación estatutaria es comprobar la competencia de quién firma, entre otras cosas, .... pero claro, siempre será más fácil poner a cuatro administrativas (la mayoría de las veces a dedo) que se dedican a cuñar y cobrar que organizar una secretaría técnica como Dios manda.

Segundo problema: Parece que no se han enterado que quien paga las tasas de visado es el cliente, no el colegiado, y en este caso están pura y simplemente estafando a nuestros clientes. ¿Cómo pueden cobrar un visado que no se ha realizado bajo premisas estatutarias? Yo soy el cliente que presento la documentación y me ningunean el visado y simplemente pido al Colegio que me devuelva el dinero.

Tercer problema: ¿Industria no quiere reconocer el visado de un colegio? No problem. Demanda al canto con procedimiento requisitorio (intervención judicial en menos de 24 h). Cuando se presente el Sr. Juez en el colegio y pregunte por el Ilmo. Sr. Decano vas a ver qué pronto se ponen los visados en orden. Y lo que pase después ya es un problema de abogados. Pero claro, hacer todo esto cansa y como siempre están almorzando, es más fácil dejar las cosas como están y que sea el pobre ITI el que pase por el aro ante el pobre funcionario del registro.

De lo que yo me quejo es que nadie mueva un dedo, de que la desidia campe por sus fueros, de que el problema se eternice, de que todavía estemos con la ley de atribuciones del 86, de que el resto de ingenierías hagan lo que quieran y que todo valga, de que yo como mecánico no pueda firmar una instalación de 251 CV y de que cualquier electrónico me levante el proyecto de una estructura de nave de 50 metros de luz (¿cuántos CV tiene una estructura de nave de 50 metros de luz?), de que ...., de que ....

Pero todo eso, como tantas otras veces, no deja de ser un canto de sirenas.

Un saludo, tambien sin enfadarnos. :comunidad
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#54644
:yep JORDIM, MAS RAZÓN QUE UN SANTO.
:cabezazo pero tienes razón :cabezazo
:comunidad :comunidad :comunidad
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#54650
JORDIM escribió:
ferjuava escribió:Pues yo no lo veo así ni por asomo. Una instalción de este tipo la puede firmar un ITI esp. eléctrica; y puesto que los colegios de ITI no miran cuando visan si el colegiado es competente de acuerdo a su especialidad, para la firma del proyecto visado, se dan casos en los que ITI mecánicos llevan a industria proyectos para los que no son competentes para firmar. De ete modo me parece totalmente correcto y necesario, que se acredite la competencia del técnico para firmar la instalación proyectada.

El hecho de que el colegio no comprueba la especialidad del tecnico para la firma de los proyectos que visa es totalmente real, y está acreditado por mi propia experiencia y por mensajes de compañeros foreros ITI que lo han dicho en multiples ocasiones.

¿Como va el Colegio de ITI a quejarse ante Industria cuando debería ser industria quien denunciara al colegio por visar proyectos a personas no cualificadas para su redacción? ¿porque digo yo que todos entendemos que la competencia en una materia se debe a que se sobreentiende la cualificación?.


Buen post ferjuava. No estoy de acuerdo pero por supuesto no me enfado.

Creo que las juntas de gobierno a veces no tienen claro donde están, a quién sirven y quién los puso ahí. Su obligación estatutaria es comprobar la competencia de quién firma, entre otras cosas, .... pero claro, siempre será más fácil poner a cuatro administrativas (la mayoría de las veces a dedo) que se dedican a cuñar y cobrar que organizar una secretaría técnica como Dios manda.

Segundo problema: Parece que no se han enterado que quien paga las tasas de visado es el cliente, no el colegiado, y en este caso están pura y simplemente estafando a nuestros clientes. ¿Cómo pueden cobrar un visado que no se ha realizado bajo premisas estatutarias? Yo soy el cliente que presento la documentación y me ningunean el visado y simplemente pido al Colegio que me devuelva el dinero.

Tercer problema: ¿Industria no quiere reconocer el visado de un colegio? No problem. Demanda al canto con procedimiento requisitorio (intervención judicial en menos de 24 h). Cuando se presente el Sr. Juez en el colegio y pregunte por el Ilmo. Sr. Decano vas a ver qué pronto se ponen los visados en orden. Y lo que pase después ya es un problema de abogados. Pero claro, hacer todo esto cansa y como siempre están almorzando, es más fácil dejar las cosas como están y que sea el pobre ITI el que pase por el aro ante el pobre funcionario del registro.

De lo que yo me quejo es que nadie mueva un dedo, de que la desidia campe por sus fueros, de que el problema se eternice, de que todavía estemos con la ley de atribuciones del 86, de que el resto de ingenierías hagan lo que quieran y que todo valga, de que yo como mecánico no pueda firmar una instalación de 251 CV y de que cualquier electrónico me levante el proyecto de una estructura de nave de 50 metros de luz (¿cuántos CV tiene una estructura de nave de 50 metros de luz?), de que ...., de que ....

Pero todo eso, como tantas otras veces, no deja de ser un canto de sirenas.

Un saludo, tambien sin enfadarnos. :comunidad


:plas :plas Muy buena reflexión JORDIM,
bueno, ahi va mi granito de arena: Vuelvo a citar sentencia del Supremo, que ya expuse en intervenciones anteriores:

"El visado colegial no excluye que la Administración indague sobre la competencia del autor del proyecto; en otros términos, que el visado colegial en modo alguno puede impedir la competencia municipal, que debe examinar, sin hacer dejación de funciones, si el autor del proyecto tiene la titulación técnica para elaborar aquél" (SSTS, 11 nov. 1982, 11 jul. 1984, 10 ene. 1996, 30 ene. 1996, Sala 3ª, Sec. 6ª, 27 abr. 1997, Sala 3ª, Sec. 4ª)

El Tribunal Supremo, en esta sentencia, deja claro implícitamente que no hay que fiarse para nada de los Colegios. Es decir el visado colegial es condición necesaria pero no suficente para establecer la competencia de un técnico.

En todo caso, solo tengo una objeción a tu comentario. Cuando dices:
JORDIM escribió:...¿Industria no quiere reconocer el visado de un colegio? No problem....

Realmente la Administración no rechaza un visado, lo que rechaza (si es el caso), es la competencia del técnico en cuestión. Ahora mismo no recuerdo si hay alguna sentencia condenatoria contra un Colegio por haber visado algo manifestamente improcedente... Lo dudo, porque en caso que la hubiera creo que los Colegios se hubieran puesto las pilas.

:saludo
por
#54660
JORDIM, en referencia al ultimo post que has realizado, compartu tu opinión. Unicamente indicarte, que al respecto de lo que has escrito, no creo que estemos en desacuerdo en nada.

Respecto a lo dicho por Maresme, también totalmente de acuerdo.
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#54663
ROB888 escribió:Estoy deacuerdo contigo, un téxtil, químico o mecánico no tendría que hacer según que proyectos eléctricos ya que en la carrera no llega a tocar apenas electrotecnia y depende para que cosas no sería técnico competente, un informático da más electrotecnia que cualquiera de estas tres carreras.


:nono2 :nono2 Bueno, ya conocemos la postura -y el talante- de ROB888 en este tema. El tema lo hemos discutido 10E10 veces en los foros, solo hace falta buscar un poco, pero bueno, insistimos:

La clave está en lo que se entiende por la especialidad técnica a la que hace referencia la Ley 12/1986 (Atribuciones...), dentro de la cual los IT tendran plena capacidad.
Según la misma ley las "especialidades técnicas" son las enumeradas en el Decreto 148/1969, de 13 de febrero. Pues bien, en este Decreto, (Articulo 3), como especialidad solo aparece "Industrial" en el caso que nos ocupa, y dentro de ella una especie de "subespecialidades" que son las referidas.
Todo esto unido al hecho que la ley añade tambien las competencias de los antiguos peritos (RDL 37/1977), hace que el lio de interpretaciones sea monumental. Porque los antiguos peritos industriales podían hacer de todo, porque no tenian especialidad, con las siguientes limitaciones:
a) Potencia máxima 250 HP
b) Tensión máxima 66 kV
b) Plantilla máxima 100 trabajadores

Y además, para acabar de liarla, en el Decreto 148/1969 ni tan siquiera aparece la "subespecialidad" de Electronica Industrial.
Pero por favor, una vez más: NO es cierto que esté totalmente claro que las especialidades sean las de téxtil, química, electrónica, etc., y por lo tanto NO está claramente especificado en ningún sitio que un IT mecánico no pueda firmar una instalación de BT (y viceversa)

Veréis que mi interpretación es mas legislativa que académica. Ya no me meto en los contenidos de cada titulación, simplemente recuerdo lo que dice la Ley.
Como ya he expuesto anteriormente, la interpretacion academica la encuentro muy debil, sobretodo en el caso de otros titulados con grandes conocimientos en segun que materias afines a la II (Fisicos, Geólogos, Ambientologos, etc).

Y por mi parte creo que nunca más voy a hablar del tema, con esta ya van 10E10+1.

:saludo
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#54676
JORDIM escribió:De lo que yo me quejo es que nadie mueva un dedo, de que la desidia campe por sus fueros, de que el problema se eternice, de que todavía estemos con la ley de atribuciones del 86, de que el resto de ingenierías hagan lo que quieran y que todo valga, de que yo como mecánico no pueda firmar una instalación de 251 CV y de que cualquier electrónico me levante el proyecto de una estructura de nave de 50 metros de luz (¿cuántos CV tiene una estructura de nave de 50 metros de luz?), de que ...., de que ....


:plas :plas :plas alguien lo tenía que decir.

Sin hablar de instalaciones receptoras de agua y gas, o calefacción y climatización, o A.C.S. o...

pero ni se te ocurra hacer un proyecto eléctrico que te lo echan en cara...

Que no se me enoje nadie, que lo digo desde el cariño. :beso
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#54680
Edel escribió:Y además, para acabar de liarla, en el Decreto 148/1969 ni tan siquiera aparece la "subespecialidad" de Electronica Industrial.
Pero por favor, una vez más: NO es cierto que esté totalmente claro que las especialidades sean las de téxtil, química, electrónica, etc., y por lo tanto NO está claramente especificado en ningún sitio que un IT mecánico no pueda firmar una instalación de BT (y viceversa)

MUY BUEN POST

solo puntualizar, que la titulación es Ingeniero Técnico INDUSTRIAL esp. Mecánica. pero INDUSTRIAL, que no sería lo mismo que ITde minas, por poner un ejemplo.

Y otra cosa es que depende de industria, porque me han comentado que en Teruel y Alicante (supongo que en algunas más) no hay limitación alguna. (si no es así que alguien me lo diga).

Chao :brindis
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#54686
germanot escribió:MUY BUEN POST

solo puntualizar, que la titulación es Ingeniero Técnico INDUSTRIAL esp. Mecánica. pero INDUSTRIAL, que no sería lo mismo que ITde minas, por poner un ejemplo.

Y otra cosa es que depende de industria, porque me han comentado que en Teruel y Alicante (supongo que en algunas más) no hay limitación alguna. (si no es así que alguien me lo diga).

Chao :brindis


Ahí está, el problema es que la especialidad Mecánica no aparece como tal en el Decreto del 69, sino que como ya dije es una especie de "subespecialidad". Segun este decreto la especialidad es "Industrial" (o Minas, o otra). Lío montado.
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#54690
No pienso dedicarle más de medio minuto a escribir sobre este tema.

Prometo no quejarme más, que al final nos vamos a quedar como estamos y es mejor podernos hablar a la cara que pasar unos de otros o discutir.


:comunidad
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