Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#311995
Buenas tardes, os planteo el problema que tengo.

Actualmente tenemos contratada una potencia de 17,83 Kw trifasica con maximetro, el contador con maximetro es propiedad.

Despues de meter las pinzas y comprobar los consumos con todo encendido, de la instalacion hemos visto que llegamos a consumir 5 Kw por fase, bastante lejos de la potencia contratada de hecho la compañia nos factura el 85% de la potencia contratada.

Es una escalera, con su alumbrado, trasteros y ascensor, ficha tecnica del fabricante del ascensor establece una potencia maxima de consumo (pico de arranque de 10A), tengo la hoja sellada por el fabricante, el boletin de alta de la instalacion electrica establece una potencia maxima de 17,83 KW que es por lo que nos dieron el alta.

La idea era bajar la potencia contratada en trifasica a 10A, que vienen siendo unos 6,8 Kw, despues de mucho medir nunca nos ha marcado las pinzas mas de 5 Kw con todo encendido.

El problema surge cuando llamo a la compañia electrica HC y se niegan a ponerme esa potencia con maximetro, dicen que para tener maximetro unicamente he de contratar como minimo 15Kw, que sino automaticamente ICP, claro con la historia de que en un momento cualquiera puede saltar y quedarse alguien encerrado.

Asi que les indico que en el artículo 3º del RD 1454/2005 punto 4 hace mención que aquellos suministros con tarifas 2.0A y 2.0DHA (en la actualidad se corresponderían con las 2.0 y 2.1 A y DHA, es decir hasta potencia de 15 kW) y que les correspondería control por ICP, en aquellos suministros que no puedan ser interrumpidos se podrá contratar con maxímetro siempre que se contratate la potencia máxima.

Me podeis ayudar como proceder, porque se niegan en redondo.

Gracias


Les he indicado
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#311996
Haced un nuevo boletín con la potencia que queréis contratar....esa será vuestra potencia máxima.
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#311997
Si hacer un nuevo boletin no seria el problema, el problema es la negativa a poner un maximetro si se contrata menos de 15Kw.

Y con el RD y todo continuan negandose.

He hablado con Union fenosa e indican que ellos si lo harian, pero me recomiendan que primero antes de cambiar el contrato hable con atencion al cliente de la distribuidora que es HC y ellos se niegan a montar el maximetro.

Como podriamos proceder?
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#311998
Hola, decias 5 kW por fase?, si es así en total serían 15 kW si el consumo es equilibrado.
Por otra parte, has medido el consumo a plena carga del ascensor, con toda su carga útil?

Saludos.
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#311999
Hola el ascensor y luz todo colgando de la misma fase marca un pico de consumo a plena carga en descenso de 9,9 A en arranque despues se estabiliza entorno los 5,6A.

La ficha del fabricante establece un maximo de 10A incluyendo las luces del hueco encendidas, luces de cabina (que se han cambiado a leds)....

Lo que querria contratar son unos 10A unos 6,8 Kw para las tres fases en total, no ponen problema para bajar la potencia por lo que no hace falta nuevo boletin el problema es que queremos mantener el maximetro de nuestra propiedad en vez de que coloquen un ICP, mas que nada para que no se nos quede un viejecito atrapado en la cabina.

Y se niegan por debajo de 15 dicen que ICP si o si, y no se como hacer.

Alguna ayudita?

Gracias
por
#312020
wenas carkits,
mencionando la normativa que tu dices, y poniendo todo lo que indica la normativa...

"...en aquellos casos en que, por las características del suministro, éste no pueda ser interrumpido, el consumidor podrá optar a que la determinación de la potencia que sirva de base para la facturación se realice por maxímetro. En estos casos la potencia contratada no podrá ser inferior a la potencia que, en su caso, figure en el Boletín de Instalador para los equipos que no puedan ser interrumpidos. En todos los casos, los maxímetros tendrán un período de integración de ...."

yo no lo veo del todo claro lo que tu dices.

en todo caso, lo que te puedo aconsejar es que si tienes discrepancias con tu empresa distribuidora, que pongas una reclamación ante el organo provincial de industria y a esperar....

saludos
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por
#312026
Momo123abc escribió:wenas carkits,
mencionando la normativa que tu dices, y poniendo todo lo que indica la normativa...

"...en aquellos casos en que, por las características del suministro, éste no pueda ser interrumpido, el consumidor podrá optar a que la determinación de la potencia que sirva de base para la facturación se realice por maxímetro. En estos casos la potencia contratada no podrá ser inferior a la potencia que, en su caso, figure en el Boletín de Instalador para los equipos que no puedan ser interrumpidos. En todos los casos, los maxímetros tendrán un período de integración de ...."

yo no lo veo del todo claro lo que tu dices.

en todo caso, lo que te puedo aconsejar es que si tienes discrepancias con tu empresa distribuidora, que pongas una reclamación ante el organo provincial de industria y a esperar....

saludos


Coincido con Momo123abc... y es que haciendo lectura del parrafo completo de la normativa, estás obligado a contratar UNICAMENTE la potencia máxima del servicio que no puede ser interrumpido, es decir, el ascensor. Si la corriente máxima es de 10 A, estariamos hablando de unos 7 kW... aunque esa información no se si vendrá en el boletín.

En todo caso, como te comentan, habla con Industria y Autorizaciones Energéticas (si es en Asturias)... y a ver que te dicen.
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