por El Conde
- 16 Sep 2008, 12:41
- 16 Sep 2008, 12:41
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- 16 Sep 2008, 12:41
#111155
Muy buenas a tod@s,
Es la primera vez que posteo en esta sección que, por otra parte, la sigo atentamente. En especial, me deja IMPRESIONADO el Sr. Márquez, menudo crack
.
Un amigo me ha pedido consejo. En el piso de al lado se han instalado unos vecinos bastante ruidosos y a mi amigo se le está acabando la paciencia.
Le he comentado que hable con un Abogado, abrir un proceso judicial por lo civil y que podría, también, adjunto un informe técnico.
Me he leido las ordenanzas contra el ruido de Alicante donde se indican los valores de ruido en el interior de viviendas transmitido a ellas por impacto de alguna actividad.
También dice que el apartado medidor deberá cumplir lo establecido en la normas IEC-651 y UNE 21314, siendo el mismo de la clase 1 ó 2.
Preguntas:
- ¿Hace falta disponer de alguna certificación para realizar este tipo de informes técnicos?
- He podido ver que existen en el mercado una gran variedad de sonómetros y con una gran variedad de precios, siendo lo de tipo 2 los más baratos y algunos muy baratos. ¿vale cualquier sónometro que cumpla lo que dice la ordenanza? ¿o tiene que pasar alguna calibración o algo parecido?
Por último, ¿como lo veis? ¿tiene mi amigo posibilidades de meter en vereda a los vecinos ruidosos?
Muchisimas gracias de antemano. La semana que viene nos veremos (el que este apuntado) al curso del RITE en el Coiti de Alicante, a ver si puedo ver la luz al final del tunel.
Saludos
,
El Conde
Es la primera vez que posteo en esta sección que, por otra parte, la sigo atentamente. En especial, me deja IMPRESIONADO el Sr. Márquez, menudo crack
.
Un amigo me ha pedido consejo. En el piso de al lado se han instalado unos vecinos bastante ruidosos y a mi amigo se le está acabando la paciencia.
Le he comentado que hable con un Abogado, abrir un proceso judicial por lo civil y que podría, también, adjunto un informe técnico.
Me he leido las ordenanzas contra el ruido de Alicante donde se indican los valores de ruido en el interior de viviendas transmitido a ellas por impacto de alguna actividad.
También dice que el apartado medidor deberá cumplir lo establecido en la normas IEC-651 y UNE 21314, siendo el mismo de la clase 1 ó 2.
Preguntas:
- ¿Hace falta disponer de alguna certificación para realizar este tipo de informes técnicos?
- He podido ver que existen en el mercado una gran variedad de sonómetros y con una gran variedad de precios, siendo lo de tipo 2 los más baratos y algunos muy baratos. ¿vale cualquier sónometro que cumpla lo que dice la ordenanza? ¿o tiene que pasar alguna calibración o algo parecido?
Por último, ¿como lo veis? ¿tiene mi amigo posibilidades de meter en vereda a los vecinos ruidosos?
Muchisimas gracias de antemano. La semana que viene nos veremos (el que este apuntado) al curso del RITE en el Coiti de Alicante, a ver si puedo ver la luz al final del tunel.
Saludos
,
El Conde








