gemoba escribió:Lo que si debes garantizar es que la alimentación de la ventilación sea AS+ (RESISTENTE AL FUEGO).
Esto es algo que todos sabemos, en efecto.. pero donce lo dice , y pongo antecedentes en la cuestión:
Si estamos en LPC,
no hay duda en ITC 28 Punto 4 f). Donde te dice que los cables deben mantener el servicio durante y después del incendio, Re remite así a las UNE. Estos cables son los (AS+).
Si nos vamos al CTE,
DB SI 3 Evacuación ocupantes. Punto 8 "Zonas de uso Aparcamiento que no tengan la consideración de aparcamiento abierto; " "b) Los ventiladores deben tener una clasificación F400 -90.
El tema en concreto es un garaje de 100 vehículos, de NO PUBLICA CONCURRENCIA ( NO es de pago, vamos es para servicio del edificio) . Luego no le es aplicable la ITC 28. Y en el CTE, no habla del cable, sino del ventilador y sus conductos.
Se sobre entiende que si el Ventilador lo soporta el cable también lo debe de hacer, ya que no es un equipo autónomo.
Pues yo conozco al (*+?¡'¡) que lo discute..
Pues no encuentro un Texto que me permita justificar el poner cable (AS+).
Esos extractores, están siendo usados para cumplir ITC 29 ( desclasificar) y DB SI , evacuación de Humos incendio.
Aparte de Boikotearle las instalaciones, a lo "Beltrand", alguna sugerencia..