- 16 Abr 2009, 18:34
#155671
Aparte de estar mejor estructurada y ser más clara que la antigua, yo destacaría:
-Amplía el ámbito de aplicación a los generadores de frío y equipos de cogeneración.
-Limita la distancia máxima entre el nivel del suelo exterior y el del suelo de la sala a 4 metros. Antes no habia esa limitación, y en ciertas condiciones admitía sala de calderas en segundo sótano.
-En el caso de salas en semisótano, la entrada de aire tiene que ser forzada. Antes, se admitía la entrada de aire por medios naturales, mediante conducto.
-Introduce de nuevo la figura de "sala de máquinas de seguridad elevada" para salas de nueva construcción, que no existía en la anterior versión. Volvemos a los tiempos del RCCACS del año 1980 en ese aspecto.
-Tambén se recupera del RCCACS la limitación en la permebilidad de las puertas de la sala de máquinas bajo presión diferencial, cuando dén al interior del edificio.
-Se requiere la colocación de vestíbulo de independecia si la sala tiene accesos desde el interor del edificio.
-Se rebaja del 50% al 30% del LIE la activación del sistema de detección de gas.