Adjunto comunicado que me han enviado, en PDF. Pongo aquí un estracto.
Según eso, da a entender que, por ejemplo, una línea eléctrica debe llevar proyecto visado. ¿Qué opináis?
Contenido
Comunicado sobre la aprobación del Real Decreto 1000/2010 sobre
Visado Colegial Obligatorio
Objeto
Ante la publicación del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial
obligatorio en el que se establecen los tipos de documentos y proyectos que deben ser
visados obligatoriamente por los Colegios Profesionales y con el fin de facilitar a los
colegiados la interpretación sobre los criterios a tener en cuenta para aplicarlos al nuevo
RD y que entrará en vigor el próximo 1 de octubre de 2010, se recogen en este
comunicado los aspectos de mayor interés del mismo.
Bases de interpretación
Se ha tenido en cuenta, además de lo establecido en el RD 1000/2010, lo recogido en la
LOE, art. 2.1 y 2.2.
En estos artículos se define como proceso de edificación el resultado de construir un
edificio de carácter permanente, público o privado, cuyo uso principal esté
comprendido en los siguientes grupos (ver apartados a, b y c del artículo 2.1).
Según la Real Academia de la Lengua, un edificio es: una construcción fija, hecha
con materiales resistentes, para habitación humana u otros usos.
• Visados Obligatorios ( Artículo 2)
Proyectos de Ejecución y Certificados Finales de Obra de Edificación según
definición del artículo 2.1 y 2.2 de la Ley 38/1999 de Ordenación de la
Edificación.
En los apartados b y c del mencionado artículo 2.1, se integran todos aquellos
trabajos competencia de los ingenieros que, de acuerdo con sus especialidades y
competencias específicas, (artículo 10 de la L.O.E.), deberán someterse a visado.
Así, se deberán entender incluidos dentro de la obligación de visado para los
Ingenieros Industriales, entre otros y citando los más comunes, los Proyectos y
Certificados de Obra de edificación para:
• Uso de la energía: Subestaciones, Líneas eléctricas, Centros de
Transformación, Centrales de Producción de Energía Eléctrica (Parques
eólicos, Solares Térmicas o Fotovoltaicas, Centrales de Ciclo
Combinado,…), Centrales de Producción de Biocombustibles, Redes de
Distribución de Combustible, Salas o Naves de Calderas, etc.
• Uso Industrial: Naves Industriales, Plantas Industriales (Químicas,
Petroquímicas, Papeleras, Siderometalúrgicas, Cementeras, del
Automóvil, Componentes, Maquinaria eléctrica,….), Instalaciones
Petrolíferas, etc.
• Uso de la Hidráulica e Ingeniería del Saneamiento: Plantas o
estaciones de Gestión y Tratamiento de Residuos, Plantas de
desmineralización, Redes de Saneamiento, Estaciones de Bombeo, etc.
• Uso Accesorio a las Obras de Ingeniería y su Explotación: Proyectos
de Acondicionamiento de Terreno, de Urbanización, Vertederos,
Estructuras Auxiliares, Parques de Almacenamiento, Instalaciones
Auxiliares, etc.
• Trabajos relativos a otros usos: aeronáutico, agropecuario, de
telecomunicaciones, del transporte terrestre,… de acuerdo a las
competencias propias de los ingenieros industriales.
Se considerarán comprendidas dentro del proyecto de edificación sus
instalaciones fijas y el equipamiento propio, así como los elementos de
urbanización adscritos a él, según lo dispuesto en el artículo 2.3 de la L.O.E.
De acuerdo al Artículo 2.2 de la LOE requerirán proyecto tanto las nuevas
construcciones como las modificaciones, ampliaciones o reformas de
carácter sustancial.
Proyectos de Ejecución y Certificados Finales de Obra de Edificación
requeridos en los procedimientos de Legalización de Obras de Edificación,
de acuerdo a la normativa urbanística aplicable. Por tanto, se incluyen todos
los documentos necesarios para obtener o cambiar la licencia de actividad,
cuando se exija proyecto según la normativa urbanística vigente.
Proyecto de demolición de edificaciones que no requiera el uso de
explosivos de acuerdo con lo previsto en la normativa urbanística aplicable.
Según eso, da a entender que, por ejemplo, una línea eléctrica debe llevar proyecto visado. ¿Qué opináis?
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Daría todo lo que sé, por la mitad de lo que ignoro.
René Descartes (1596-1650) Filósofo y matemático francés.
René Descartes (1596-1650) Filósofo y matemático francés.