nono29 escribió:Pues por eso, por ser exceso superior al 5% de la potencia contratada.
Creo recordar que:
Pot. registrada < 0.85x Pot. contratada---> Pot. facturada =0.85x Pot. contratada
0.85 xPot contrada< Pot. registrada< 1.05 xPot. contratada---> Pot. facturada =Pot. registrada
Pot. registrada> 1.05x Pot. contratada---> Pot. facturada = Pot. registrada +2(Pot. registrada-1,05Pot.contratada)
Lo que debes hacer es coger las lecturas del maxímetro y ver que potencias estas solicitando y realizar un pequeño cálculo de la potencia que necesitas contratar, para que no te esten cobrando recargo por exceso.

No te equivoques.
Una cosa es que cuando la potencia registrada pase del 5% la potencia contratada, la potencia a facturar pase a ser Pr +2(Pr-1,05Pc), es decir, mucho mayor que la contratada y registrada y por lo tanto penaliza y otra que te cobren más por kW.
Además, según los datos del compañero, el precio de la potencia por periodos es el correcto.