Edición 2012 UNE 23500 (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 3 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#345285
JORDIM escribió:
TAMA58 escribió:En principio:

UNE 23500 90 + UNE EN 12845 + RSCIEI + ... + corta y pega + batidora = UNE 23500 2012

Hay alguna frase que no tiene desperdicio.
También tiene cosas buenas.

Continuará ...........


Rescato el hilo porque se me acaba de presentar un caso que me ha dejado perplejo. Resulta que me ofertan dos grupos contra incendios (doble diesel-electrica aprox 38 kW) y uno vale 2000 euros menos que el otro. Pido explicaciones a los ofertantes y el caro me dice que el problema es que él ha ofertado segun 23500:2012 y que "otros" ofertan" según 23500:1990. Le digo que me extraña, tiro de oferta del barato y veo que efectivamente pone eso en letra pequeña. Llamo al ínclito para darle cera y me para en seco diciendo que si, que el grupo es según 23500:90 porque mientras no se publique algún papelito firmado por Felipe al respecto, la vigente es la del 90.

Como sobre lo de la actualización de las normas ya me sabía de que iba el tema, me trago el sapo. No me sorprende lo de la norma y me autoflagelo por pardillo, pero no tenía idea de que las diferencias de precio pueden ser tan grandes. Según me comentan es debido a que la maniobra es más cara, material del rodete y algún aspecto más. :ein :ein

Pregunta 1. Supongo que lo de la norma 23500:1990 es "la buena" es correcto. :cabezazo
Pregunta 2. ¿Es cierta esa diferencia de precio entre las bombas 1990 y las 2012? :pausa


Ya que somos tocayos de nombre e inicial M, le puedes contestar a tu sr. instalador que en fecha 02/03/2012, BOE núm. 53, el sr. Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Manuel Valle Muñoz firma la publicación de la UNE 23500:2012 que sustituye la 23500:1990, por lo que :chorradas :chorradas :chorradas :chorradas

aquí la puedes ver (es la primera): http://www.boe.es/boe/dias/2012/03/02/pdfs/BOE-A-2012-3032.pdf

espero te sirva y métele cera!!!!! :up :up :up :up
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#345287
Al amigo JORDIM no le hacía falta ni el enlace, lo que le interesa es si puede repartir estopa, je, je.

Encantado de leerte y ver que todavía sigues en forma ;-)

Un saludo
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#345288
fsi escribió:Al amigo JORDIM no le hacía falta ni el enlace, lo que le interesa es si puede repartir estopa, je, je.

Encantado de leerte y ver que todavía sigues en forma ;-)

Un saludo

fsi te refieres a mí??
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#345290
JoRDi_GTC escribió:
JORDIM escribió:
TAMA58 escribió:En principio:

UNE 23500 90 + UNE EN 12845 + RSCIEI + ... + corta y pega + batidora = UNE 23500 2012

Hay alguna frase que no tiene desperdicio.
También tiene cosas buenas.

Continuará ...........


Rescato el hilo porque se me acaba de presentar un caso que me ha dejado perplejo. Resulta que me ofertan dos grupos contra incendios (doble diesel-electrica aprox 38 kW) y uno vale 2000 euros menos que el otro. Pido explicaciones a los ofertantes y el caro me dice que el problema es que él ha ofertado segun 23500:2012 y que "otros" ofertan" según 23500:1990. Le digo que me extraña, tiro de oferta del barato y veo que efectivamente pone eso en letra pequeña. Llamo al ínclito para darle cera y me para en seco diciendo que si, que el grupo es según 23500:90 porque mientras no se publique algún papelito firmado por Felipe al respecto, la vigente es la del 90.

Como sobre lo de la actualización de las normas ya me sabía de que iba el tema, me trago el sapo. No me sorprende lo de la norma y me autoflagelo por pardillo, pero no tenía idea de que las diferencias de precio pueden ser tan grandes. Según me comentan es debido a que la maniobra es más cara, material del rodete y algún aspecto más. :ein :ein

Pregunta 1. Supongo que lo de la norma 23500:1990 es "la buena" es correcto. :cabezazo
Pregunta 2. ¿Es cierta esa diferencia de precio entre las bombas 1990 y las 2012? :pausa


Ya que somos tocayos de nombre e inicial M, le puedes contestar a tu sr. instalador que en fecha 02/03/2012, BOE núm. 53, el sr. Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Manuel Valle Muñoz firma la publicación de la UNE 23500:2012 que sustituye la 23500:1990, por lo que :chorradas :chorradas :chorradas :chorradas

aquí la puedes ver (es la primera): http://www.boe.es/boe/dias/2012/03/02/pdfs/BOE-A-2012-3032.pdf

espero te sirva y métele cera!!!!! :up :up :up :up


Tengo mis dudas de que eso valga para "justificarlo". Según lo que tengo yo entendido, hay dos situaciones:
- Si el Reglamento no hace referencia a la versión de la norma UNE (el año), entonces se aplica la ultima aprobada en BOE según la publicación que tu has señalado.
- Si el Reglamento SI hace referencia a la versión, para que se aplique una mas reciente, es necesario que se publique en BOE un modificado del Reglamento en el que se cite de manera expresa a la nueva norma UNE.

El problema es que... como todo... es interpretable.
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#345293
JoRDi_GTC escribió:
fsi escribió:Al amigo JORDIM no le hacía falta ni el enlace, lo que le interesa es si puede repartir estopa, je, je.

Encantado de leerte y ver que todavía sigues en forma ;-)

Un saludo

fsi te refieres a mí??

Disculpa JoRDi_GTC. No, me refería a JORDIM.
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#345318
Carlos_Asturies escribió:
JoRDi_GTC escribió:
JORDIM escribió:
TAMA58 escribió:En principio:

UNE 23500 90 + UNE EN 12845 + RSCIEI + ... + corta y pega + batidora = UNE 23500 2012

Hay alguna frase que no tiene desperdicio.
También tiene cosas buenas.

Continuará ...........


Rescato el hilo porque se me acaba de presentar un caso que me ha dejado perplejo. Resulta que me ofertan dos grupos contra incendios (doble diesel-electrica aprox 38 kW) y uno vale 2000 euros menos que el otro. Pido explicaciones a los ofertantes y el caro me dice que el problema es que él ha ofertado segun 23500:2012 y que "otros" ofertan" según 23500:1990. Le digo que me extraña, tiro de oferta del barato y veo que efectivamente pone eso en letra pequeña. Llamo al ínclito para darle cera y me para en seco diciendo que si, que el grupo es según 23500:90 porque mientras no se publique algún papelito firmado por Felipe al respecto, la vigente es la del 90.

Como sobre lo de la actualización de las normas ya me sabía de que iba el tema, me trago el sapo. No me sorprende lo de la norma y me autoflagelo por pardillo, pero no tenía idea de que las diferencias de precio pueden ser tan grandes. Según me comentan es debido a que la maniobra es más cara, material del rodete y algún aspecto más. :ein :ein

Pregunta 1. Supongo que lo de la norma 23500:1990 es "la buena" es correcto. :cabezazo
Pregunta 2. ¿Es cierta esa diferencia de precio entre las bombas 1990 y las 2012? :pausa


Ya que somos tocayos de nombre e inicial M, le puedes contestar a tu sr. instalador que en fecha 02/03/2012, BOE núm. 53, el sr. Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Manuel Valle Muñoz firma la publicación de la UNE 23500:2012 que sustituye la 23500:1990, por lo que :chorradas :chorradas :chorradas :chorradas

aquí la puedes ver (es la primera): http://www.boe.es/boe/dias/2012/03/02/pdfs/BOE-A-2012-3032.pdf

espero te sirva y métele cera!!!!! :up :up :up :up


Tengo mis dudas de que eso valga para "justificarlo". Según lo que tengo yo entendido, hay dos situaciones:
- Si el Reglamento no hace referencia a la versión de la norma UNE (el año), entonces se aplica la ultima aprobada en BOE según la publicación que tu has señalado.
- Si el Reglamento SI hace referencia a la versión, para que se aplique una mas reciente, es necesario que se publique en BOE un modificado del Reglamento en el que se cite de manera expresa a la nueva norma UNE.

El problema es que... como todo... es interpretable.


Sastamente, ese es el tema.

Tiramos de BOE y en la página 41255 del BOE 303 de 17/12/2004 por la que se publica el RSCIEI SI pone UNE 23500:1990 por lo tanto estamos en caso 2 y la norma "buena" es la de 1990 mientras que Felipe no diga lo contrario por medio de un Real Decreto, ya que una orden ministerial no puede modificar un Real Decreto.

En este caso no hay interpretación posible.

Me temo que el bombero barato se llevará el gato al agua. No me hace gracia pero me alegro por el cliente.
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#345326
Artículo 15. Normalización.

1. Los anexos técnicos hacen referencia a normas (normas UNE, EN u otras), de manera total o parcial, para facilitar la adaptación al estado de la técnica en cada momento.

Dicha referencia se realiza, por regla general, sin indicar el año de edición de la norma en cuestión.

El anexo IV recoge el listado de todas las normas citadas en el texto identificadas por sus títulos y numeración, la cual incluye el año de edición.

Cuando una o varias normas varíen su año de edición, deberá actualizarse en el listado de normas, mediante una orden del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, en la que deberá hacerse constar la fecha a partir de la cual la utilización de la nueva edición de la norma será válida y la fecha a partir de la cual la utilización de la antigua edición de la norma dejará de serlo, a efectos reglamentarios.

la oferta güena es la que contempla la une 2012 :cheers
por
#345331
Hola a todos (a ti también jordim :eaea :eaea )

Es la primera vez que voy a utilizar "caritas": :fire :fire :fire :fire :pausa :pausa :pausa :pausa

:cabezazo :cabezazo :cabezazo

:jijiji :jijiji :jijiji :jijiji :jijiji

me voy de puente a recoger los últimos boletus edulis, que sean felices :burla :burla :burla :burla

besitos para todos

:saludo :saludo :saludo :saludo :saludo
por
#345332
Me indica mi "dueña" que el puente comienza 10 minutos más tarde ............ Así que mientras tanto:

Hola JoRDi_GTC

De acuerdo con tu planteamiento:

¿Hasta que día fue obligatoria la UNE 23500 1990?
¿Desde que día es obligatoria la UNE 23500 2012?

Ya voy, ya voy ...........

saludos hasta mi vuelta

¿Te encanta eh JORDIM?, saludos a fabra, jajajaja
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#345359
TAMA58 escribió:Me indica mi "dueña" que el puente comienza 10 minutos más tarde ............ Así que mientras tanto:

Hola JoRDi_GTC

De acuerdo con tu planteamiento:

¿Hasta que día fue obligatoria la UNE 23500 1990?
¿Desde que día es obligatoria la UNE 23500 2012?

Ya voy, ya voy ...........

saludos hasta mi vuelta

¿Te encanta eh JORDIM?, saludos a fabra, jajajaja


Cagontó, TAMA que tengo que aprobar o rechazar la oferta y se me echa el tiempo encima.

Como te hayas equivocado de especie y hayas cogido algún amanita muscaria la vamos a liar.

Un saludo
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#345360
cipotudo escribió:
Artículo 15. Normalización.

1. Los anexos técnicos hacen referencia a normas (normas UNE, EN u otras), de manera total o parcial, para facilitar la adaptación al estado de la técnica en cada momento.

Dicha referencia se realiza, por regla general, sin indicar el año de edición de la norma en cuestión.

El anexo IV recoge el listado de todas las normas citadas en el texto identificadas por sus títulos y numeración, la cual incluye el año de edición.

Cuando una o varias normas varíen su año de edición, deberá actualizarse en el listado de normas, mediante una orden del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, en la que deberá hacerse constar la fecha a partir de la cual la utilización de la nueva edición de la norma será válida y la fecha a partir de la cual la utilización de la antigua edición de la norma dejará de serlo, a efectos reglamentarios.

la oferta güena es la que contempla la une 2012 :cheers


Me temo que tienes razón. Eso me pasa por no leer el articulado del Reglamento. Una vez ya me pasó lo mismo con el REBT. Siempre la misma piedra :cabezazo :cabezazo :cabezazo

De esta solo me salva TAMA :angel :angel
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#345388
TAMA58 escribió:Me indica mi "dueña" que el puente comienza 10 minutos más tarde ............ Así que mientras tanto:

Hola JoRDi_GTC

De acuerdo con tu planteamiento:

¿Hasta que día fue obligatoria la UNE 23500 1990?
¿Desde que día es obligatoria la UNE 23500 2012?

Ya voy, ya voy ...........

saludos hasta mi vuelta

¿Te encanta eh JORDIM?, saludos a fabra, jajajaja


En lo general:
23500:1990 hasta el 02/03/2014
23500:2012 a partir del 03/03/2014

pero claro, luego existen variables: depende fecha visado, registro entrada Ayuntamiento, licencia obras... etc...
por
#345396
JORDIM escribió:
cipotudo escribió:
Artículo 15. Normalización.

1. Los anexos técnicos hacen referencia a normas (normas UNE, EN u otras), de manera total o parcial, para facilitar la adaptación al estado de la técnica en cada momento.

Dicha referencia se realiza, por regla general, sin indicar el año de edición de la norma en cuestión.

El anexo IV recoge el listado de todas las normas citadas en el texto identificadas por sus títulos y numeración, la cual incluye el año de edición.

Cuando una o varias normas varíen su año de edición, deberá actualizarse en el listado de normas, mediante una orden del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, en la que deberá hacerse constar la fecha a partir de la cual la utilización de la nueva edición de la norma será válida y la fecha a partir de la cual la utilización de la antigua edición de la norma dejará de serlo, a efectos reglamentarios.

la oferta güena es la que contempla la une 2012 :cheers


Me temo que tienes razón. Eso me pasa por no leer el articulado del Reglamento. Una vez ya me pasó lo mismo con el REBT. Siempre la misma piedra :cabezazo :cabezazo :cabezazo

De esta solo me salva TAMA :angel :angel


Que poca confianza JORDIM, distingo perfectamente los boletus edulis. Si se fía queda usted invitado a la degustación.

En cuanto al tema del debate UNE 23500 1990 o UNE 23500 2012, la 2012 sin duda, ¿semos pofesionales no?

Pero legalmente, en mi opinión, por mucho que se empeñen, disfracen, digan ............. la de 1990 y si no que lo escriban claramente donde deben escribirlo y con su fecha de entrada en vigor.
Espero que en el nuevo e inminente RIPCI lo dejen clarito, si saben.

Un fabricante de equipos contraincendios ¿se puede permitir fabricar con la norma 23500:1990 hasta el 02/03/2014 y con la
23500:2012 a partir del 03/03/2014?
¿Se puede variar la norma de un día para otro?

Y por otra parte:

Una resolución no es una orden.


saludos
por
#345400
Peeeeeero

De acuerdo con la orden de desarrollo del ripci de1998:

""Undécimo. Normativa adicional.–Se autoriza al Ministerio de Industria y Energía para que, por Resolución del centro directivo competente, actualice la relación de Normas UNE que figura en el anexo 1 de esta Orden, cuando sea necesaria por revisión o anulación de las normas que se citan en el Reglamento.""



Así que maestro ............. ¿le queda claro?: 2012

saludos
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por
#345437
AAAAAAAAAAAAAAAAAAMEN.

:hi2
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