El término "Disyuntor" se refiere a un dispositivo que pueda "Abrir" el circuito eléctrico en carga.
Esa es la definición exacta, y lo que lo diferencia del "Seccionado" , elemento qeu NO puede abrir en carga.
Los terminos :
"Diferencial" , "Magneto Térmico" , se refiere al tipo de Protección que aporta, es decir , a que magnitud del circuito analiza y procede al corte si esta no es admisible.
Los términos :
ICP, IGA, PIAS , se refieren al USO que se hace de ellos en la Instalación donde de montan. Por ejemplo: Controlar la potencia máxima que puedas consumir, Proteger el cable, etc.
Así pues el Dispositivo que coloca la compañía al inicio de tu instalación, es :
Disyuntor Magneto térmico, que actúa de ICP.
Un uso muy frecuente del termino Disyuntor, es en los CT , como elemento de corte en carga, sobre todo con accionamiento manual.
Lo que ha dicho deltafox:
"Yo personalmente creo que el interruptor diferencial no es un disyuntor porque no tiene capacidad de corte en carga, por eso hay que protegerlos contra sobrecargas y cortocircuitos"
Si, hombre si que la tiene.. de hecho cuando detecta una Fuga, interrumpe el circuito.. claro, y en carga, No se espera a que apagues toda la instalación..
Otra cosa es que NO DISPONGA de DISPARO por SOBRE INTENSIDAD, por eso hay que ponerles en serie algún dispositivo que lo tenga, sino en caso de corto como es evidente el ID no Disparara.