Instalación de bocas de incendio equipadas (Valoración de 4.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#535
Hola :
El Reglamento Contra Incendios de Establecimientos Industriales nos indica que se instalaran bocas de incendio equipadas en los establecimientos de tipo A con superficie construida superior a 300 m2 sin considerar el nivel de riesgo (bajo, medio o alto).
Si tenemos una nave industrial adosada con medianeras compartidas(lo que la convierte en tipo A) que se dedica a taller de ceramica ( sin coccion de las piezas,o sea sin horno) con una superficie de 310 m2 y con un riesgo bajo, ¿considerais que puede existir una posibilidad de evitar la colocacion de las BIES ?
Muchas gracias
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#538
Hola Montse, me temo que si el sector tiene más de 300 m2 (revísalo bien por si acaso) no es posible evitarlo.
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#542
Absolutamente ninguna posibilidad si es tipo A y la superficie es mayor de 300 m². Toca instalación de BIES según RSIEI.

Estudia a ver si se puede considerar el establecimiento de Tipo B. Dinteles apoyados sobre mensulas de pilares, prefabricados de hormigón....es la única posibilidad que se me ocurre.

Un saludo.
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#564
El que tenga medianeras compartidas creo que no implica que sea de tipo A. Es solo si comparten estructura. He visto naves que comparten cerramientos, pero cada una tiene su propia estructura y soportes.

Por favor, corregidme si me equivoco.

Un saludo :)
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#567
Pon una pequeña oficina de 25 metros o una zona comercial y aunque no sea obligatorio compartimentala del resto de la nave, asi el sector industrial tendra menos de 300 m2. Es tranpilla e iras al infierno, pero quien no?
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#573
Pero el sector de incendio sigue siendo de mas de 300 metros cuadrados. No cuela, al menos si yo fuera el funcionario que lo revisara.
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#574
Nop, es el edificio tipo A el que sigue teniendo mas de 300 m2, el sector industrial tiene menos de 300 m2. Y segun el tamaño del sector industrial asi será la dotación de instalaciones.

Ahora que si el técnico de turno piensa como tu, que decida el juez.


El RSCIET literalmente dice:
__________________________________________________________
Se instalarán sistemas de bocas de incendio equipadas en los sectores de incendio de los establecimientos industriales si:
__________________________________________________________
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#604
Por completar el mensaje de raveri:
RSCIEI: Punto 9 del anexo III escribió:9.1 Se instalarán sistemas de bocas de incendio equipadas en los sectores de incendio de los
establecimientos industriales si:
a. Están ubicados en edificios de tipo A y su superficie total construida es de 300 m² o
superior.
b. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su
superficie total construida es de 500 m² o superior.
c. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie
total construida es de 200 m² o superior.
d. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su
superficie total construida es de 1000 m² o superior.
e. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie
total construida es de 500 m² o superior.
f. Son establecimientos de configuraciones de tipo D o E, su nivel de riesgo intrínseco es
alto y la superficie ocupada es de 5.000 m² o superior.


Respecto al truquito de poner una oficinilla de 25 m2 sin compartimentar para reducir la superficie "industrial", creo que no es posible, debido al Artículo 3 del RD2267: Compatibilidad reglamentaria.
Para que esa oficina pase a considerarse como de uso administrativo, y por lo tanto no le sea aplicable el RSCIEI (sino el DB-SI del CTE, antes CPI), la superficie mínima de aquélla debería ser como mínimo de 250 m2: casi la superficie de la nave!
En todo caso, para considerarla como un uso diferente al industrial, habría que compartimentarla del resto del edificio. Si no es así, dicha oficina estaría incluida en el sector de incendio único de la nave, y estaríamos en las mismas: más de 300 m2 de sector... :cabezazo

En mi opinión, evitar esas BIE va a estar jodidillo. Una opción añadida a las ya comentadas por los compañeros sería hacer un estudio estructural de la medianera compartida, justificando que el colapso de una de las estructuras no afecte al paño contiguo...Así podrías considerar tu nave como tipo B, y santas pascuas.
Pero claro, ese estudio es también complicado, y caro...
Siendo claros, ¿qué más te da meter un par de BIE en cada extremo de la nave? Si son cuatro duros! :cunao
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#631
Amenofis, el reglametno dice que si la superficie tiene mas de 250 "obligatoriamente" deberas de proceder por su propia legislación y ademas compartimentar, no dice nada que compartimentes la nave en cuantos sectores quieras, como si quieres dividir el edificio i ndustrial en dos talleres A y B de 150 m2, no necesitaria BIES.
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#634
raveri escribió:Amenofis, el reglametno dice que si la superficie tiene mas de 250 "obligatoriamente" deberas de proceder por su propia legislación y ademas compartimentar, no dice nada que compartimentes la nave en cuantos sectores quieras, como si quieres dividir el edificio i ndustrial en dos talleres A y B de 150 m2, no necesitaria BIES.

Efectivamente, pero entonces tienes que compartimentar esa oficina. Esa era la premisa inicial de mi comentario. Y a partir de ahí, todo el desbarre. :mrgreen:
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#661
raveri escribió:Pon una pequeña oficina de 25 metros o una zona comercial y aunque no sea obligatorio, compartiméntala del resto de la nave, asi el sector industrial tendra menos de 300 m2. Es tranpilla e iras al infierno, pero quien no?


Lo que hace un acento y una coma verdad ferrolan???
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#969
La verdad es que si puedes quitalás, porque dos bocas de incendio son cuatro duros, pero colocar un grupo motobomba diésel y un depósito son casi 2 kilos de las antiguas pesetas más el espacio perdido, más que tienen que estar en un recinto, más las revisiones, más.... Vamos que un engorro.
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#972
raveri escribió:Lo que hace un acento y una coma verdad ferrolan???

:cunao :mrgreen: Seeep. É o que ten! :partiendo
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#1215
Entonces, compañeros...

No me ha quedado claro. Si hacemos la oficina como un sector independiente.... Podemos entonces considerar que la nave tipo A es menor de 300 m² de superficie de sector... por lo que nos ahorramos las BIE's???

Es que yo tengo un caso similar al de Montse, bueno, es peor porque es un taller, y fue mi primer proyecto aplicando el RD 2267/2004, así que en vez de poner nave tipo A, puse tipo B, con lo que eso conlleva...
El técnico del Ayto. me dijo que nanai, que tipo A, y al ser más de 300 m², BIES y demás... :cabezazo

El marrón es explicarle al cliente que tiene que reducir espacio para poner depósito, motobomba y demás. :mira

Amenofis y Raveri: Conclusión: Puede uno hacer "trampa" o no? :espabilao
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#1217
De hacer trampa nada.

El RSCIEI prefiere medidas de protección pasiva que de protección activa, es decir si en este caso quieres hacer sectores de mas de 300 m2, el reglamento te "penaliza" con el sistema de bies. Sin embargo, si haces sectores de menos de 300 m2 ya has protegido suficientemente el establecimiento, ya que el posible incendio no se va a desarrollar más de 300 m2 durante un cierto tiempo, que es lo que pretende el RSCIEI.

Por eso, la solución de raveri, es perfectamente válida y conveniente, pero le sobra lo de: "Es tranpilla e iras al infierno, pero quien no?"

saludos
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