pikasin escribió:e) ¿la parte de atrás de la barra está considerada como zona con peligro de incendio? En principio, no hay razonamiento objetivo para que sea considerada como tal.
No me dedico a obra y, por tanto, desconozco la normativa (lo que no quiere decir que no me interese y lea los hilos que me parecen interesantes) . Por supuesto que mi nivel está muy por debajo del vuestro y sólamente es por mera curiosidad mi pregunta.
¿No se considera la barra de un bar zona de peligro de incendio?
Me sorprende pues en la mayoría de los casos considero atrevida dicha afirmación. Quiero decir, según el tipo de local, es normal que:
- En bares normales veamos parrillas, elementos eléctricos junto a líquidos, ... que juntos entrañan gran peligro de incendio.
- En bares de copas lo que encontraremos será multitud de botellas de licores de alta graduación y que arden con facilidad.
Yo consideraría varios puntos en un local como zonas de peligro de incendio. A saber:
- Escenario si lo hubiere.
- Almacén.
- Ropero.
- Barra.
Son las zonas donde los materiales que hay son más peligrosos, pues por un lado no se les puede exigir que los materiales que en ellos hubiere sean ignífugos (sería divertido pedirle a alguien la resistencia al fuego de la prenda que pretende dejar en el ropero) o las cargas eléctricas son importantes (caso de un escenario).
Repito, me considero ignorante en esta materia pero la curiosidad (sí, esa que mató al gato) me puede de vez en cuando. Además, mis sobrados (sobradísimos diría yo) conocimientos en "barología" me empujan a hacer ciertas preguntas.
Por cierto, el tono que ha tomado este hilo en ciertos momentos es completamente reprobable. Comportémonos todos correctamente pues, aunque la polémica o los desacuerdos entre profesionales existan, no por ello debemos perder nunca las buenas formas.